Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Eurhidra Mexico, S.a. De C.v
Demandado: Aeropuertos Y Servicios Auxiliares, Organismo Descentralizado Del Gobierno Federal
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 20990/17-17-03-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Eurhidra Mexico, S.a. De C.v en contra de Aeropuertos Y Servicios Auxiliares, Organismo Descentralizado Del Gobierno Federal en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 06 de Octubre del 2017 y cuenta con 88 Notificaciones.
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Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
En cumplimiento a lo dispuesto en los puntos Primero y Tercero del Acuerdo G/JGA/11/2022 dictado en sesión de cuatro de marzo de dos mil veintidós por la Junta de Gobierno y Administración de este Tribunal, por el cual se adscribió a la Magistrada Sofía Lorena Pérez Magaña a la Segunda Ponencia de la Tercera Sala Regional Metropolitana, con sede en la Ciudad de México, con efectos a partir del día 07 de marzo de 2022; se hace del conocimiento de las partes que las actuaciones que se dicten en el presente asunto, serán proveídas y firmadas por la Magistrada Sofía Lorena Pérez Magaña.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
En cumplimiento a lo dispuesto en los puntos Primero y Tercero del Acuerdo G/JGA/11/2022 dictado en sesión de cuatro de marzo de dos mil veintidós por la Junta de Gobierno y Administración de este Tribunal, por el cual se adscribió a la Magistrada Sofía Lorena Pérez Magaña a la Segunda Ponencia de la Tercera Sala Regional Metropolitana, con sede en la Ciudad de México, con efectos a partir del día 07 de marzo de 2022; se hace del conocimiento de las partes que las actuaciones que se dicten en el presente asunto, serán proveídas y firmadas por la Magistrada Sofía Lorena Pérez Magaña.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
En cumplimiento a lo dispuesto en los puntos Primero y Tercero del Acuerdo G/JGA/11/2022 dictado en sesión de cuatro de marzo de dos mil veintidós por la Junta de Gobierno y Administración de este Tribunal, por el cual se adscribió a la Magistrada Sofía Lorena Pérez Magaña a la Segunda Ponencia de la Tercera Sala Regional Metropolitana, con sede en la Ciudad de México, con efectos a partir del día 07 de marzo de 2022; se hace del conocimiento de las partes que las actuaciones que se dicten en el presente asunto, serán proveídas y firmadas por la Magistrada Sofía Lorena Pérez Magaña.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
Téngase por recibido el oficio de cuenta y en virtud de lo anterior, con fundamento en los artículos 36, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal y 297, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se hace del conocimiento de la actora que las copias de traslado del oficio de cuenta y anexos, se ponen a su disposición en el local que ocupa esta Sala, a efecto de que sean entregados, para que en el término de TRES DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga, con el apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por cumplida la sentencia de parte de la autoridad.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
Téngase por recibido el oficio de cuenta y en virtud de lo anterior, con fundamento en los artículos 36, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal y 297, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se hace del conocimiento de la actora que las copias de traslado del oficio de cuenta y anexos, se ponen a su disposición en el local que ocupa esta Sala, a efecto de que sean entregados, para que en el término de TRES DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga, con el apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por cumplida la sentencia de parte de la autoridad.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
Téngase por recibido el oficio de cuenta y en virtud de lo anterior, con fundamento en los artículos 36, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal y 297, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, se hace del conocimiento de la actora que las copias de traslado del oficio de cuenta y anexos, se ponen a su disposición en el local que ocupa esta Sala, a efecto de que sean entregados, para que en el término de TRES DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga, con el apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por cumplida la sentencia de parte de la autoridad.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
Se da cuenta con los escritos ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal los días 21 de septiembre y 01 de octubre de 2020, recibidos en el Archivo de esta Sala el día 25 de septiembre y 05 de octubre de 2020, a través de los cuales RENE CASOLUENGO GARCÍA, en su carácter de representante legal de la actora, en cuanto atañe al primer ocurso de cuenta, interpone queja por defecto en el cumplimiento de la sentencia definitiva de 29 de mayo de 2021; y en cuanto hace al segundo escrito de cuenta, se desiste de la queja por defecto antes precisado.- Con fundamento en el artículo 58, fracción II, inciso a), numeral 2, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VI y VII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como en el 57 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, ténganse por recibidos los escritos de cuenta y, por desistido de la instancia de queja de mérito a la parte actora.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
Se da cuenta con los escritos ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal los días 21 de septiembre y 01 de octubre de 2020, recibidos en el Archivo de esta Sala el día 25 de septiembre y 05 de octubre de 2020, a través de los cuales RENE CASOLUENGO GARCÍA, en su carácter de representante legal de la actora, en cuanto atañe al primer ocurso de cuenta, interpone queja por defecto en el cumplimiento de la sentencia definitiva de 29 de mayo de 2021; y en cuanto hace al segundo escrito de cuenta, se desiste de la queja por defecto antes precisado.- Con fundamento en el artículo 58, fracción II, inciso a), numeral 2, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VI y VII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como en el 57 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, ténganse por recibidos los escritos de cuenta y, por desistido de la instancia de queja de mérito a la parte actora.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
Se da cuenta con los escritos ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal los días 21 de septiembre y 01 de octubre de 2020, recibidos en el Archivo de esta Sala el día 25 de septiembre y 05 de octubre de 2020, a través de los cuales RENE CASOLUENGO GARCÍA, en su carácter de representante legal de la actora, en cuanto atañe al primer ocurso de cuenta, interpone queja por defecto en el cumplimiento de la sentencia definitiva de 29 de mayo de 2021; y en cuanto hace al segundo escrito de cuenta, se desiste de la queja por defecto antes precisado.- Con fundamento en el artículo 58, fracción II, inciso a), numeral 2, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VI y VII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como en el 57 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, ténganse por recibidos los escritos de cuenta y, por desistido de la instancia de queja de mérito a la parte actora.
Actor: EURHIDRA MEXICO, S.A. DE C.V
Demandado: AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL
Se da cuenta con los oficios número 492/2020 y 2889/2020 ingresados en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal el 10 de enero del año en curso y en esta fecha a través del cuales el Actuario del Décimo Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, remite los autos del juicio de nulidad citado al rubro citado e informa que dicho Órgano Judicial desechó el recurso de revisión fiscal interpuesto por la autoridad demandada en contra de la sentencia definitiva de fondo emitida en el juicio en que se actúa, mismo que se radicó con el número R.F. 340/2020; asimismo, solicita el acuse de recibo correspondiente en el término de VEINTICUATRO HORAS.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, téngase por recibido el oficio de cuenta y mediante similar que se gire a la Magistrado Presidente del Décimo Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, acúsese recibo de los autos del expediente 20990/17-17-03-8 son su respectiva carpeta de suspensión, para los efectos legales a los que haya lugar.
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