Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Ferrocarril Mexicano, S.a. De C.v
Demandado: Dirección General De Asuntos Jurídicos De La Dirección De Legislación Y Procedimientos Administrativos De La Secretaría Del Trabajo Y Previsión Social
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 1182/24-17-03-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Ferrocarril Mexicano, S.a. De C.v en contra de Dirección General De Asuntos Jurídicos De La Dirección De Legislación Y Procedimientos Administrativos De La Secretaría Del Trabajo Y Previsión Social en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 26 de Enero del 2024 y cuenta con 16 Notificaciones.
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Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con la promoción ingresada ante este Tribunal a traves del cual se formulan alegatos.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con la promoción ingresada ante este Tribunal a traves del cual se formulan alegatos.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con el oficio presentado el 29/05/2024 por la autoridad demandada; TÉNGASE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA.- Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se ordena dar vista a la parta actora para los efectos de Ley. Se tiene como delegados a las personas señaladas. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para ALEGATOS. Una vez trascurrido el término de Ley, quedará cerrada la instrucción en el juicio y se dará cuenta a la Sala con los autos para dictar la sentencia definitiva que en Derecho corresponda.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con el oficio presentado el 29/05/2024 por la autoridad demandada; TÉNGASE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA.- Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se ordena dar vista a la parta actora para los efectos de Ley. Se tiene como delegados a las personas señaladas. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para ALEGATOS. Una vez trascurrido el término de Ley, quedará cerrada la instrucción en el juicio y se dará cuenta a la Sala con los autos para dictar la sentencia definitiva que en Derecho corresponda.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con la promoción presentada el 02/05/2024, por el que la parte actora formula su ampliación de demanda. SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACION DE DEMANDA. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con la promoción presentada el 02/05/2024, por el que la parte actora formula su ampliación de demanda. SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACION DE DEMANDA. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con el oficio presentado el 14/03/2024, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalado como correo electrónico el referido y por designados a los delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para que en el término de Ley amplie su demanda.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con el oficio presentado el 14/03/2024, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalado como correo electrónico el referido y por designados a los delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para que en el término de Ley amplie su demanda.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
I. Ha resultado procedente la solicitud de suspensión de la ejecución respecto de los actos combatidos, formulados por la actora.II. Se CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA de la ejecución de los actos en controversia, cuya eficacia queda sujeta a los términos y condiciones precisados en el Considerando Segundo del presente fallo.III. NOTIFÍQUESE por boletín jurisdiccional a las partes.
Actor: FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V
Demandado: Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Legislación y Procedimientos Administrativos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Se da cuenta con la promoción ingresada ante este Tribunal a traves de la cual se rinde el informe respecto la suspensión.
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