Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Primera Sala Regional Del Noroeste I de Salas Regionales
Actor: Footprint Mx, Sociedad De Responsabilidad Limitada De Capital Variable
Demandado: Administración Desconcentrada De Auditoría Fiscal De Baja California "1" En La Ciudad De Mexicali
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 869/18-01-01-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Footprint Mx, Sociedad De Responsabilidad Limitada De Capital Variable en contra de Administración Desconcentrada De Auditoría Fiscal De Baja California "1" En La Ciudad De Mexicali en el Primera Sala Regional Del Noroeste I en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 04 de Abril del 2018 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: FOOTPRINT MX, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Baja California "1" en la ciudad de Mexicali
Se da cuenta con la promoción presentada el 11/04/2018; por consiguiente, SE DESECHA LA DEMANDA POR NOTORIAMENTE EXTEMPORÁNEA.
Actor: FOOTPRINT MX, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Baja California "1" en la ciudad de Mexicali
Se da cuenta con la promoción presentada el 11/04/2018; por consiguiente, SE DESECHA LA DEMANDA POR NOTORIAMENTE EXTEMPORÁNEA.
Actor: FOOTPRINT MX, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Baja California "1" en la ciudad de Mexicali
Se da cuenta con la promoción presentada el día 12/03/2018. SE REQUIERE AL PROMOVENTE a efecto de que exhiba la prueba referida; apercibido de que en caso de omisión se tendrá POR NO PRESENTADA SU DEMANDA. Se tienen por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
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