Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Sala Regional De Chiapas de Salas Regionales
Actor: Guadalupe Constantino Molina
Demandado: Encargado Del Departamento De Pensiones, Seguridad E Higiene De La Delegación Estatal En Chiapas Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Por Conducto Del Jefe De La Unidad Jurídica De Esa Delegación
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 1857/21-19-01-2 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Guadalupe Constantino Molina en contra de Encargado Del Departamento De Pensiones, Seguridad E Higiene De La Delegación Estatal En Chiapas Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado Por Conducto Del Jefe De La Unidad Jurídica De Esa Delegación en el Sala Regional De Chiapas en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 25 de Noviembre del 2021 y cuenta con 21 Notificaciones.
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Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Del análisis de las constancias que obran agregadas en el expediente en que se actúa se advierte que causó firmeza la sentencia definitiva, en consecuencia, al no advertirse en autos constancia alguna relativa al cumplimiento de aquélla. En consecuencia, REQUIÉRASE a la autoridad vinculada facultada para dar cumplimiento a la sentencia dictada en el presente juicio para que en el plazo de TRES DÍAS, dé cumplimiento a la sentencia definitiva bajo el apercibimiento que de no hacerlo, esta Sala decidirá si hubo incumplimiento injustificado de la sentencia, en cuyo caso procederá a imponer una multa
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Se da cuenta del oficio a través del cual el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, informa la fecha en que fue notificada a la autoridad tercera interesada la ejecutoria dictada por ese Tribunal Colegiado. Visto y analizado su contenido comuníqueseles QUEDÓ FIRME LA SENTENCIA DEFINITIVA. Lo anterior, se hace del conocimiento de las partes contendientes para los efectos señalados en el artículo 52, segundo párrafo, en relación con el diverso numeral 74, fracción III, ambos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, respecto del cumplimiento de los lineamientos fijados en el aludido fallo dentro del plazo de cuatro meses contemplado en el citado artículo 52
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Se da cuenta del oficio a través del cual el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, informa la fecha en que fue notificada a la autoridad tercera interesada la ejecutoria dictada por ese Tribunal Colegiado. Visto y analizado su contenido comuníqueseles QUEDÓ FIRME LA SENTENCIA DEFINITIVA. Lo anterior, se hace del conocimiento de las partes contendientes para los efectos señalados en el artículo 52, segundo párrafo, en relación con el diverso numeral 74, fracción III, ambos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, respecto del cumplimiento de los lineamientos fijados en el aludido fallo dentro del plazo de cuatro meses contemplado en el citado artículo 52
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Se da cuenta del oficio a través del cual el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, REMITE TESTIMONIO DE LA EJECUTORIA pronunciada en el Juicio de Amparo Directo promovido por la quejosa así como el expediente original ejecutoria que negara el amparo y protección de la justicia. Mediante atento oficio que al efecto se dirija a ese H. Tribunal Colegiado, acúsese recibo del oficio y del testimonio de la ejecutoria pronunciada en el juicio de amparo directo; asimismo, solicítesele que de no existir inconveniente alguno, gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda a fin de que informe a esta Sala la fecha en que le fue notificada la indicada ejecutoria a la autoridad demandada en calidad de tercero interesado en el juicio de garantías; lo anterior, para estar en posibilidad de comunicar la firmeza de la referida sentencia
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Se da cuenta del oficio a través del cual el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, REMITE TESTIMONIO DE LA EJECUTORIA pronunciada en el Juicio de Amparo Directo promovido por la quejosa así como el expediente original ejecutoria que negara el amparo y protección de la justicia. Mediante atento oficio que al efecto se dirija a ese H. Tribunal Colegiado, acúsese recibo del oficio y del testimonio de la ejecutoria pronunciada en el juicio de amparo directo; asimismo, solicítesele que de no existir inconveniente alguno, gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda a fin de que informe a esta Sala la fecha en que le fue notificada la indicada ejecutoria a la autoridad demandada en calidad de tercero interesado en el juicio de garantías; lo anterior, para estar en posibilidad de comunicar la firmeza de la referida sentencia
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Se da cuenta del escrito presentado en esta Sala, a través del cual la parte actora formula alegatos en el presente juicio. Ténganse por formuladas las manifestaciones a que se contrae el escrito de cuenta, mismas que serán tomadas en consideración al momento de dictar el fallo correspondiente
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Se da cuenta del oficio ingresado en esta Sala, a través del cual la demandada, formula alegatos. Ténganse por formuladas las manifestaciones a que se contrae el oficio de cuenta, las cuales serán consideradas al dictarse la sentencia definitiva
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Visto el estado que guarda el expediente, y siendo que por auto de fecha 18 de marzo de 2022, se les otorgó a las partes término para formular alegatos, por lo que con esta fecha se declara cerrada la instrucción, razón por la cual se ordena reservar los autos a efecto de que se emita la sentencia que en derecho corresponda.
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Por lo expuesto y fundado y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 49, 50, 51, fracción II, y 52, fracción IV, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:I.- La parte actora probó parcialmente su pretensión.II.- SE DECLARA LA NULIDAD de la resolución negativa ficta impugnada, precisada en el resultando primero de esta sentencia, por los motivos, fundamentos y para los efectos indicados en su considerando Tercero.
Actor: GUADALUPE CONSTANTINO MOLINA
Demandado: Encargado del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación Estatal en Chiapas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estadopor conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de esa Delegación
Se da cuenta del escrito presentado en esta Sala, a través del cual la parte actora formula alegatos en el presente juicio. Ténganse por formuladas las manifestaciones a que se contrae el escrito de cuenta, mismas que serán tomadas en consideración al momento de dictar el fallo correspondiente
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