Características del servicio

Healthcare Dc S.a. De C.v | Titular De La Subdelegación 08 San Exp: 2625/20-17-03-6

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Healthcare Dc, S.a. De C.v
Demandado: Titular De La Subdelegación 08 San ángel De La Delegación Sur De La Ciudad De México Del Instituto Mexicano Del Seguro Social
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 2625/20-17-03-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Healthcare Dc, S.a. De C.v en contra de Titular De La Subdelegación 08 San Ángel De La Delegación Sur De La Ciudad De México Del Instituto Mexicano Del Seguro Social en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 07 de Febrero del 2020 y cuenta con 25 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 2625/20-17-03-6

  • 29 de Marzo del 2022

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el oficio X, recibido el 18 de marzo de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, por el que la Actuaria del Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, remite los autos del presente juicio, carpeta de medidas cautelares y el testimonio en copia certificada de la ejecutoria pronunciada el 3 de marzo de 2022, dentro del juicio de amparo D.A. XX, interpuesto por la parte actora contra la sentencia pronunciada el 30 de octubre de 2020, en donde se resolvió lo siguiente:
    "ÚNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEJE a XXXX, contra la sentencia dictada por la Magistrada Instructora de la Tercera Ponencia de la Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el treinta de octubre de dos mil veinte, en el juicio de nulidad XX."
    Asimismo, requiere a esta instrucción para que en el término de veinticuatro horas, acuse de recibo del oficio de cuenta.- En virtud de lo anterior, mediante atento oficio que al efecto se gire al Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, acúsese recibo de los autos del presente juicio, de la carpeta de medidas cautelares y del testimonio en copia certificada de la ejecutoria pronunciada el 3 de marzo de 2022.

  • 29 de Marzo del 2022

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el oficio X, recibido el 18 de marzo de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, por el que la Actuaria del Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, remite los autos del presente juicio, carpeta de medidas cautelares y el testimonio en copia certificada de la ejecutoria pronunciada el 3 de marzo de 2022, dentro del juicio de amparo D.A. XX, interpuesto por la parte actora contra la sentencia pronunciada el 30 de octubre de 2020, en donde se resolvió lo siguiente:
    "ÚNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEJE a XXXX, contra la sentencia dictada por la Magistrada Instructora de la Tercera Ponencia de la Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el treinta de octubre de dos mil veinte, en el juicio de nulidad XX."
    Asimismo, requiere a esta instrucción para que en el término de veinticuatro horas, acuse de recibo del oficio de cuenta.- En virtud de lo anterior, mediante atento oficio que al efecto se gire al Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, acúsese recibo de los autos del presente juicio, de la carpeta de medidas cautelares y del testimonio en copia certificada de la ejecutoria pronunciada el 3 de marzo de 2022.

  • 03 de Noviembre del 2021

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el escrito recibido el 15 de octubre de 2021, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, por el que la parte actora solicita la devolución del instrumento notarial que exhibió en el escrito inicial de demanda y con la cual acreditó la personalidad de su representante legal.- En atención al escrito de cuenta se le informa a la parte actora que no ha lugar con lo solicitado, toda vez que mediante proveído de 09 de diciembre de 2020 se remitieron los autos al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para la tramitación del Juicio de Amparo interpuesto en el presente juicio.

  • 03 de Noviembre del 2021

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el escrito recibido el 15 de octubre de 2021, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, por el que la parte actora solicita la devolución del instrumento notarial que exhibió en el escrito inicial de demanda y con la cual acreditó la personalidad de su representante legal.- En atención al escrito de cuenta se le informa a la parte actora que no ha lugar con lo solicitado, toda vez que mediante proveído de 09 de diciembre de 2020 se remitieron los autos al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para la tramitación del Juicio de Amparo interpuesto en el presente juicio.

  • 19 de Febrero del 2021

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el oficio recibido el 14 de enero de 2021, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la autoridad demandada solicita se le informe la fecha en que se le notificó a la parte actora la sentencia definitiva dictada en el presente juicio, si la misma interpuso algún medio de defensa en su contra o, en su caso, declarar su firmeza.- Con fundamento en los artículos 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y 33, fracción XIV, del Reglamento Interior de este Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, aplicable en términos de los artículos Primero y Quinto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; se hace constar que la sentencia emitida por esta Instrucción el 30 de octubre de 2020, fue notificada por boletín jurisdiccional a las partes el 13 de noviembre de 2020; asimismo, se hace constar que la misma no ha quedado firme, en virtud de que la parte actora interpuso juicio de garantías en su contra.

  • 19 de Febrero del 2021

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el oficio recibido el 14 de enero de 2021, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la autoridad demandada solicita se le informe la fecha en que se le notificó a la parte actora la sentencia definitiva dictada en el presente juicio, si la misma interpuso algún medio de defensa en su contra o, en su caso, declarar su firmeza.- Con fundamento en los artículos 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y 33, fracción XIV, del Reglamento Interior de este Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, aplicable en términos de los artículos Primero y Quinto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; se hace constar que la sentencia emitida por esta Instrucción el 30 de octubre de 2020, fue notificada por boletín jurisdiccional a las partes el 13 de noviembre de 2020; asimismo, se hace constar que la misma no ha quedado firme, en virtud de que la parte actora interpuso juicio de garantías en su contra.

  • 14 de Enero del 2021

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el escrito por el que se promueve juicio de amparo en contra de la sentencia emitida por esta Instrucción en el presente juicio, el 30 de octubre de 2020. Certifíquese al pie de la demanda de amparo en los términos que establece el segundo numeral citado para la tramitación del juicio de garantías del promovente. Ríndase el informe justificado que corresponde a esta Instrucción como autoridad responsable y, PREVIA CARPETA FALSA QUE SE ELABORE en la que obre copia certificada de la resolución reclamada y sus constancias de notificación, de la demanda de amparo, de las constancias de emplazamiento a la autoridad tercera interesada y del informe justificado, remítanse los autos al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para la tramitación del juicio de amparo. Se instruye a la C. Actuaria adscrita a esta Instrucción para que proceda a: a) Correr traslado con copias simples de la demanda de amparo a la tercera interesada; b) Realice las diligencias necesarias para obtener las constancias de traslado en el menor lapso posible y c) Remita el informe con justificación acompañando la demanda de amparo, los autos del juicio de origen con sus anexos y la constancia de traslado a las partes una vez que se encuentre completamente integrado el expediente correspondiente.- Ahora bien, se decreta la suspensión de los actos reclamados por la parte actora.

  • 13 de Noviembre del 2020

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el oficio recibido el 26 de octubre de 2020, a través del cual la autoridad demandada formula alegatos en el presente juicio. Se tienen por formulados los alegatos de la autoridad demandada en el presente juicio para ser tomados en cuenta en el momento en que se dicte sentencia.- En virtud de que a la fecha el juicio en que se actúa se encuentra debidamente integrado, se declara cerrada la instrucción del presente juicio, túrnense los autos a la Magistrada Instructora para los efectos legales procedentes.

  • 13 de Noviembre del 2020

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con el oficio recibido el 26 de octubre de 2020, a través del cual la autoridad demandada formula alegatos en el presente juicio. Se tienen por formulados los alegatos de la autoridad demandada en el presente juicio para ser tomados en cuenta en el momento en que se dicte sentencia.- En virtud de que a la fecha el juicio en que se actúa se encuentra debidamente integrado, se declara cerrada la instrucción del presente juicio, túrnense los autos a la Magistrada Instructora para los efectos legales procedentes.

  • 13 de Noviembre del 2020

    Actor: HEALTHCARE DC, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 08 San Ángel de la Delegación Sur de la Ciudad de México del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 46, 49, 50, 51 y 52, fracción I, 58-13, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve: I.- La parte actora no probó su pretensión, por lo que en consecuencia; II.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada identificada en el resultando 1° de este fallo. III.- NOTIFÍQUESE POR BOLETÍN JURISDICCIONAL. .

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
antecedentes
“Hoy en día es difícil confiar en cada persona que uno conoce. Gracias a PoderJudicialVirtual.com estoy enterada de todo lo que debo saber de las personas importantes en mi vida.” Karla Estrada Estudiante de Maestría
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4