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Impulsora Del Barra Sociedad De Responsabilidad Limitada Capital Exp: 3894/19-01-01-8

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Primera Sala Regional Del Noroeste I de Salas Regionales
Actor: Impulsora Del Barra, Sociedad De Responsabilidad Limitada De Capital Variable
Demandado: Subdelegación Regional Del Imss En Tijuana, Baja California
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 3894/19-01-01-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Impulsora Del Barra, Sociedad De Responsabilidad Limitada De Capital Variable en contra de Subdelegación Regional Del Imss En Tijuana, Baja California en el Primera Sala Regional Del Noroeste I en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 03 de Diciembre del 2019 y cuenta con 14 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 3894/19-01-01-8

  • 05 de Noviembre del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    I.- La parte actora probó su pretensión en este juicio, en consecuencia; II.- Se declara la nulidad lisa y llana de las cédulas de liquidación impugnadas, cuyas características quedaron debidamente precisadas en el Resultando 1° de este fallo, y por las consideraciones expuestas en los considerandos Tercero y Cuarto de esta sentencia. III.- Se declara que no ha lugar a reconocer preliminarmente la existencia del derecho para reclamar el resarcimiento en su patrimonio, por supuestos daños y perjuicios sufridos. IV.- Notifíquese.

  • 05 de Noviembre del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    I.- La parte actora probó su pretensión en este juicio, en consecuencia; II.- Se declara la nulidad lisa y llana de las cédulas de liquidación impugnadas, cuyas características quedaron debidamente precisadas en el Resultando 1° de este fallo, y por las consideraciones expuestas en los considerandos Tercero y Cuarto de esta sentencia. III.- Se declara que no ha lugar a reconocer preliminarmente la existencia del derecho para reclamar el resarcimiento en su patrimonio, por supuestos daños y perjuicios sufridos. IV.- Notifíquese.

  • 05 de Noviembre del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    Apareciendo que a la fecha de emisión del presente acuerdo ha transcurrido el término concedido a las partes para formulas sus alegatos por escrito, sin que hayan ejercido su derecho, se declara cerrada la instrucción en el presente juicio.

  • 05 de Noviembre del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    Apareciendo que a la fecha de emisión del presente acuerdo ha transcurrido el término concedido a las partes para formulas sus alegatos por escrito, sin que hayan ejercido su derecho, se declara cerrada la instrucción en el presente juicio.

  • 25 de Septiembre del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    Se fija nueva fecha de cierre de instrucción al día 01/10/20. Vistos los autos de presente juicio, se advierte que mediante acuerdo de 27/01/20, se requirió a la autoridad demandada, para que exhibiera lo referido, habiendo sido omisa en atender dicho requerimiento; por lo que SE HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO EFECTUADO A LA AUTORIDAD DEMANDADA EN EL PROVEÍDO referido.

  • 25 de Septiembre del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    Se fija nueva fecha de cierre de instrucción al día 01/10/20. Vistos los autos de presente juicio, se advierte que mediante acuerdo de 27/01/20, se requirió a la autoridad demandada, para que exhibiera lo referido, habiendo sido omisa en atender dicho requerimiento; por lo que SE HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO EFECTUADO A LA AUTORIDAD DEMANDADA EN EL PROVEÍDO referido.

  • 25 de Septiembre del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    Se da cuenta con el oficio presentado el 01/09/2020. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS.

  • 25 de Septiembre del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    Se da cuenta con el oficio presentado el 01/09/2020. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS.

  • 03 de Agosto del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    Se da cuenta con la promoción presentada el 19/02/2020, por el que la parte actora formula su ampliación de demanda. SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACION DE DEMANDA. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva, se le apercibe, en caso de no hacerlo en tiempo y forma, se estará a lo dispuesto en la Ley.

  • 03 de Agosto del 2020

    Actor: IMPULSORA DEL BARRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: Subdelegación Regional del IMSS en Tijuana, Baja California

    Se da cuenta con la promoción presentada el 19/02/2020, por el que la parte actora formula su ampliación de demanda. SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACION DE DEMANDA. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva, se le apercibe, en caso de no hacerlo en tiempo y forma, se estará a lo dispuesto en la Ley.

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