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Ingenieria Arquitectura Y Diseño Integral S.a. De C.v | Titular Exp: 19293/17-17-03-4

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Ingenieria Arquitectura Y Diseño Integral, S.a. De C.v
Demandado: Titular De La Subdelegación 10 Churubusco De La Delegación Sur Del D.f. Del I.m.s.s
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 19293/17-17-03-4 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Ingenieria Arquitectura Y Diseño Integral, S.a. De C.v en contra de Titular De La Subdelegación 10 Churubusco De La Delegación Sur Del D.f. Del I.m.s.s en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 12 de Septiembre del 2017 y cuenta con 19 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 19293/17-17-03-4

  • 18 de Mayo del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    por lo que con fundamento en los artículos 53, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, y 36, fracciones VII y XV de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se considera que QUEDÓ FIRME la sentencia de 28 de febrero de 2018, lo que se informa para los efectos legales a que haya lugar.- En virtud a lo anterior y de conformidad con el artículo 280, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se autoriza a las partes la devolución de los documentos que exhibieron en original en el presente juicio, debiendo dejar constancias de las fojas que se devuelven y razón de recibo correspondiente, en el entendido de que se encuentran a su disposición en el local de esta Sala, para que sean recogidos en el plazo de seis meses siguientes a aquél que surta efectos la notificación del presente auto, por lo que transcurrido dicho plazo, con o sin devolución de documentos, se ordenará al encargado del archivo de esta Ponencia ARCHIVAR EL PRESENTE ASUNTO POR TRATARSE DE UN EXPEDIENTE TOTALMENTE CONCLUIDO, por lo tanto, se informa a las partes, QUE EN SU OPORTUNIDAD, serán remitidos los autos del juicio en que se actúa para su destino final AL ARCHIVO GENERAL DE ESTE TRIBUNAL, PARA SU EVENTUAL BAJA DOCUMENTAL O DESTRUCCIÓN, una vez prescrito su valor legal y/o histórico, en los términos previstos por la Ley Federal de Archivos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012

  • 18 de Mayo del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    por lo que con fundamento en los artículos 53, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, y 36, fracciones VII y XV de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se considera que QUEDÓ FIRME la sentencia de 28 de febrero de 2018, lo que se informa para los efectos legales a que haya lugar.- En virtud a lo anterior y de conformidad con el artículo 280, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se autoriza a las partes la devolución de los documentos que exhibieron en original en el presente juicio, debiendo dejar constancias de las fojas que se devuelven y razón de recibo correspondiente, en el entendido de que se encuentran a su disposición en el local de esta Sala, para que sean recogidos en el plazo de seis meses siguientes a aquél que surta efectos la notificación del presente auto, por lo que transcurrido dicho plazo, con o sin devolución de documentos, se ordenará al encargado del archivo de esta Ponencia ARCHIVAR EL PRESENTE ASUNTO POR TRATARSE DE UN EXPEDIENTE TOTALMENTE CONCLUIDO, por lo tanto, se informa a las partes, QUE EN SU OPORTUNIDAD, serán remitidos los autos del juicio en que se actúa para su destino final AL ARCHIVO GENERAL DE ESTE TRIBUNAL, PARA SU EVENTUAL BAJA DOCUMENTAL O DESTRUCCIÓN, una vez prescrito su valor legal y/o histórico, en los términos previstos por la Ley Federal de Archivos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012

  • 13 de Marzo del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    I. La parte actora NO acreditó los extremos de su pretensión, en consecuencia; II.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada, precisada en el Resultando Primero del presente fallo.

  • 13 de Marzo del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    I. La parte actora NO acreditó los extremos de su pretensión, en consecuencia; II.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada, precisada en el Resultando Primero del presente fallo.

  • 13 de Marzo del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Visto el estado procesal del expediente se da cuenta con el oficio presentado en la Oficialía de Partes Común de este Tribunal el 22 de febrero de 2018, por el que la Delegada de la Autoridad Demanda formula alegatos por escrito del juicio que se cita al rubro, tomando en consideración que las partes fueron notificadas por boletín jurisdiccional el 19 de febrero del año en curso; del acuerdo de 02 de febrero de del mismo año, por el que se le otorgó a las partes término legal para que formularan alegatos, sin que a la presente fecha la actora los haya formulado, con fundamento en lo previsto en el artículo 58-11, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente y 36, fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por precluído el derecho de la parte actora para formular alegatos en el presente juicio; por lo que se ordena turnarlo para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente

  • 13 de Marzo del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Visto el estado procesal del expediente se da cuenta con el oficio presentado en la Oficialía de Partes Común de este Tribunal el 22 de febrero de 2018, por el que la Delegada de la Autoridad Demanda formula alegatos por escrito del juicio que se cita al rubro, tomando en consideración que las partes fueron notificadas por boletín jurisdiccional el 19 de febrero del año en curso; del acuerdo de 02 de febrero de del mismo año, por el que se le otorgó a las partes término legal para que formularan alegatos, sin que a la presente fecha la actora los haya formulado, con fundamento en lo previsto en el artículo 58-11, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente y 36, fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por precluído el derecho de la parte actora para formular alegatos en el presente juicio; por lo que se ordena turnarlo para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente

  • 19 de Febrero del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Se da cuenta con el oficio presentado el 30/01/2018. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Se ordena dar visita a la parte actora para los efectos legales conducentes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS, de no darse cuestión que previamente tenga que desahogarse. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.

  • 19 de Febrero del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Se da cuenta con el oficio presentado el 30/01/2018. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Se ordena dar visita a la parte actora para los efectos legales conducentes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS, de no darse cuestión que previamente tenga que desahogarse. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.

  • 18 de Enero del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Se da cuenta con la promoción

  • 18 de Enero del 2018

    Actor: INGENIERIA ARQUITECTURA Y DISEÑO INTEGRAL, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación 10 Churubusco de la Delegación Sur del D.F. del I.M.S.S

    Con fundamento en lo dispuesto

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
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