Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Islomar México, S.a. De C.v
Demandado: Titular De La Subdelegación 09 Santa Anita, De La Delegación Sur Del Distrito Federal, Del Instituto Mexicano Del Seguro Social
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 28457/19-17-03-3 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Islomar México, S.a. De C.v en contra de Titular De La Subdelegación 09 Santa Anita, De La Delegación Sur Del Distrito Federal, Del Instituto Mexicano Del Seguro Social en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 08 de Enero del 2020 y cuenta con 28 Notificaciones.
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Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el oficio de 03 de mayo de 2021, por el que el Secretario del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, remite los autos que integran el presente juicio de nulidad con su carpeta de medidas cautelares, así como testimonio en copia certificada de la ejecutoria pronunciada el 08 de abril de 2021, en el juicio de amparo directo, interpuesto por la actora, en donde se resolvió lo siguiente:
"ÚNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE ..."
Asimismo, requiere a esta Instrucción para que en el término de veinticuatro horas, acuse el recibo correspondiente.- Mediante atento oficio que al efecto se gire al referido Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, acúsese recibo de los autos que integran el presente juicio de nulidad con una carpeta de medidas cautelares, así como del testimonio en copia certificada de la ejecutoria pronunciada el 08 de abril de 2021, para los efectos legales a que haya lugar.- Asimismo de la revisión integral que se realiza a las constancias que obran en autos; se advierte que la sentencia emitida por esta Instrucción el 05 de marzo de 2020, ha causado estado
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el oficio de 03 de mayo de 2021, por el que el Secretario del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, remite los autos que integran el presente juicio de nulidad con su carpeta de medidas cautelares, así como testimonio en copia certificada de la ejecutoria pronunciada el 08 de abril de 2021, en el juicio de amparo directo, interpuesto por la actora, en donde se resolvió lo siguiente:
"ÚNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE ..."
Asimismo, requiere a esta Instrucción para que en el término de veinticuatro horas, acuse el recibo correspondiente.- Mediante atento oficio que al efecto se gire al referido Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, acúsese recibo de los autos que integran el presente juicio de nulidad con una carpeta de medidas cautelares, así como del testimonio en copia certificada de la ejecutoria pronunciada el 08 de abril de 2021, para los efectos legales a que haya lugar.- Asimismo de la revisión integral que se realiza a las constancias que obran en autos; se advierte que la sentencia emitida por esta Instrucción el 05 de marzo de 2020, ha causado estado
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa el día 07/01/2021, la autoridad cumple requerimiento.- Se da cuenta con el oficio por el que la autoridad interpone RECURSO DE REVISIÓN en contra de la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2020 emitida por esta Instrucción en el presente juicio. Instrúyase al C. Actuario adscrito a esta Sala para correr traslado con copia simple del recurso de revisión a la parte actora para que ocurra al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en Turno, a manifestar lo que a su derecho convenga, remítanse el original del propio recurso así como los autos al Tribunal de referencia, para los efectos legales correspondientes.
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el oficio de 13 de noviembre de 2020, a través del cual la autoridad demandada interpone recurso de revisión fiscal en contra de la sentencia pronunciada por esta Instrucción el 30 de Septiembre de 2020.- Tomando en consideración que la autoridad únicamente ingreso el recurso de revisión en la Oficialía de Partes Común en Línea de este Tribunal, requiérase a la citada autoridad, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, exhiba ante esta Instrucción copias suficientes del recurso de revisión y de las pruebas documentales que ofreció en el capítulo respectivo, esto con el objeto de integrar una en el expediente físico y correr el traslado correspondiente a las partes a que se refiere el artículo 3° de la Ley de la materia, apercibida que de no exhibirla se remitirá el referido recurso con el informe relativo sobre la omisión de las copias requeridas al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para los efectos legales procedentes
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el oficio de 13 de noviembre de 2020, a través del cual la autoridad demandada interpone recurso de revisión fiscal en contra de la sentencia pronunciada por esta Instrucción el 30 de Septiembre de 2020.- Tomando en consideración que la autoridad únicamente ingreso el recurso de revisión en la Oficialía de Partes Común en Línea de este Tribunal, requiérase a la citada autoridad, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, exhiba ante esta Instrucción copias suficientes del recurso de revisión y de las pruebas documentales que ofreció en el capítulo respectivo, esto con el objeto de integrar una en el expediente físico y correr el traslado correspondiente a las partes a que se refiere el artículo 3° de la Ley de la materia, apercibida que de no exhibirla se remitirá el referido recurso con el informe relativo sobre la omisión de las copias requeridas al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para los efectos legales procedentes
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes el 04/11/2020 por el que se promueve juicio de amparo en contra de la sentencia demitida por esta Instrucción en el presente juicio. Certifíquese al pie de la demanda de amparo en los términos de ley para la tramitación del juicio de garantías del promovente; dígase al C. Actuario adscrito a esta sala que proceda a correr traslado a los Terceros Perjudicados, para que en el término de ley ocurran al Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Administrativa en turno, a defender sus intereses. Ríndase el Informe Justificado que corresponde a esta Sala como autoridad responsable, remítanse los autos al Tribunal de referencia, para la tramitación del Juicio de Amparo.
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
De las constancias de autos se advierte que con fecha 02 de septiembre de 2020, se notificó a las partes, el auto de 25 de agosto de 2020, en donde se les concedió el término de ley para que formularan alegatos; diligencia que en los términos del artículo 65 párrafo cuarto de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, surtió sus efectos al tercer día hábil siguiente, es decir, el 07 de septiembre de 2020; en tanto que el plazo de TRES DÍAS HÁBILES que establece el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, corrió del 08 al 10 de septiembre de 2020, sin que las partes hayan formulado alegatos por escrito, por lo que se tiene por precluído su derecho para tales efectos.- De conformidad con lo previsto en el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se declara cerrada la instrucción del presente juicio.- En tal virtud, procédase a elaborar el proyecto de sentencia correspondiente
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
De las constancias de autos se advierte que con fecha 02 de septiembre de 2020, se notificó a las partes, el auto de 25 de agosto de 2020, en donde se les concedió el término de ley para que formularan alegatos; diligencia que en los términos del artículo 65 párrafo cuarto de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, surtió sus efectos al tercer día hábil siguiente, es decir, el 07 de septiembre de 2020; en tanto que el plazo de TRES DÍAS HÁBILES que establece el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, corrió del 08 al 10 de septiembre de 2020, sin que las partes hayan formulado alegatos por escrito, por lo que se tiene por precluído su derecho para tales efectos.- De conformidad con lo previsto en el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se declara cerrada la instrucción del presente juicio.- En tal virtud, procédase a elaborar el proyecto de sentencia correspondiente
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
I. La parte actora logró acreditar parcialmente los extremos de su acción, en consecuencia, II. Se declara la nulidad de las resoluciones determinantes de los créditos fiscales ++++. III. Se reconoce la validez de las resoluciones determinantes de los créditos fiscales ++++. IV. NOTIFÍQUESE por boletín jurisdiccional a las partes.
Actor: ISLOMAR MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Titular de la Subdelegación 09 Santa Anita, de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social
I. La parte actora logró acreditar parcialmente los extremos de su acción, en consecuencia, II. Se declara la nulidad de las resoluciones determinantes de los créditos fiscales ++++. III. Se reconoce la validez de las resoluciones determinantes de los créditos fiscales ++++. IV. NOTIFÍQUESE por boletín jurisdiccional a las partes.
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