Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Jeronimo Cervantes Galicia
Demandado: Subadministrador Desconcentrada De Auditoría Fiscal Del Distrito Federal "1" Con Sede En La Ciudad De México De La Administración General De Auditoría Fiscal Federal Del Servicio De Administración Tributaria
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 19040/23-17-03-3 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Jeronimo Cervantes Galicia en contra de Subadministrador Desconcentrada De Auditoría Fiscal Del Distrito Federal "1" Con Sede En La Ciudad De México De La Administración General De Auditoría Fiscal Federal Del Servicio De Administración Tributaria en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 04 de Enero del 2024 y cuenta con 10 Notificaciones.
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Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta con el oficio a través del cual la autoridad demandada informa el cumplimiento de la sentencia dictada por esta Sala. Dese vista a la parte actora.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta con el oficio a través del cual la autoridad demandada informa el cumplimiento de la sentencia dictada por esta Sala. Dese vista a la parte actora.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
II. SE DECLARA LA NULIDAD de la resolución impugnada la cual quedó descrita ene el Resultando Primero del presente fallo, por los motivos expuestos y para el efecto indicado en la ultima parte del este fallo.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
II. SE DECLARA LA NULIDAD de la resolución impugnada la cual quedó descrita ene el Resultando Primero del presente fallo, por los motivos expuestos y para el efecto indicado en la ultima parte del este fallo.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta escrito por el cual la actora formula alegatos. Tenganse por formulados los alegatos de la actora.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta escrito por el cual la actora formula alegatos. Tenganse por formulados los alegatos de la actora.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta con el oficio presentado por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado y por designados a sus delegados. Se ordena correr traslado a las partes para los efectos legales correspondientes. Se concede término para formular alegatos.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta con el oficio presentado por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado y por designados a sus delegados. Se ordena correr traslado a las partes para los efectos legales correspondientes. Se concede término para formular alegatos.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta con la promoción presentada el 24/08/2023 por derecho propio. SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que la conteste en el término aplicable, apercibida que de no hacerlo se estará a lo señalado por la Ley. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalado como correo electrónico el referido, y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable.
Actor: JERONIMO CERVANTES GALICIA
Demandado: Subadministrador Desconcentrada de Auditoría Fiscal del Distrito Federal "1" con sede en la Ciudad de México de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria
Se da cuenta con la promoción presentada el 24/08/2023 por derecho propio. SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que la conteste en el término aplicable, apercibida que de no hacerlo se estará a lo señalado por la Ley. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalado como correo electrónico el referido, y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable.
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