Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Primera Sala Regional Del Noroeste I de Salas Regionales
Actor: José Félix López Sánchez, Sergio Arturo Lopez Sanchez, Graciela Figueroa Rodriguez, Lorenia Lagarda Garcia, Maria De Los Angeles Ramirez Rios, Alfonso Avila Baez Y Manuel Ramirez Garcia
Demandado: Subdelegación De Prestaciones Económicas Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado, En Mexicali, Baja California
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 980/23-01-01-5 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por José Félix López Sánchez, Sergio Arturo Lopez Sanchez, Graciela Figueroa Rodriguez, Lorenia Lagarda Garcia, Maria De Los Angeles Ramirez Rios, Alfonso Avila Baez Y Manuel Ramirez Garcia en contra de Subdelegación De Prestaciones Económicas Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado, En Mexicali, Baja California en el Primera Sala Regional Del Noroeste I en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 30 de Mayo del 2023 y cuenta con 25 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
Se promueve DEMANDA DE AMPARO en contra de la sentencia definitiva de fecha 15 de febrero de 2024.- Con fundamento en los artículos 176 y 178, de la Ley de Amparo en vigor, proceda la C. Secretaria de Acuerdos adscrita a esta Sala a hacer constar al pie de la demanda de amparo que se acompaña, la fecha en que le fue notificado al quejoso la resolución reclamada, la de presentación del escrito de cuenta, así como los días inhábiles que mediaron entre ambas fechas.- Proceda asimismo el C. Actuario adscrito a esta Sala, a correr traslado con las copias simples de la demanda de amparo al tercero perjudicado, por conducto de la Unidad Jurídica de la entonces Delegación Estatal, actualmente Oficina de Representación Estatal en Baja California del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores en el Estado, con sede en Mexicali, B.C., para que ocurran al H. Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito en turno, a defender sus derechos.- Ríndase el informe justificado que corresponde a esta Sala como autoridad responsable y una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente acuerdo a la autoridad demandada, remítanse los autos del expediente en que se actúa al H. Tribunal de referencia para la tramitación del juicio de amparo, previa carpeta falsa que se elabore y obre como constancia en el archivo de esta Sala.-
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
I.- Los actores probaron parcialmente su pretensión; en consecuencia;II.- Se declara la nulidad de las resoluciones impugnadas, para los efectos precisados en el Considerando Tercero de este fallo.III.- NOTIFÍQUESE.
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
I.- Los actores probaron parcialmente su pretensión; en consecuencia;II.- Se declara la nulidad de las resoluciones impugnadas, para los efectos precisados en el Considerando Tercero de este fallo.III.- NOTIFÍQUESE.
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
SE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN EN EL PRESENTE JUICIO, y se da cuenta a la Sala para que proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda.-
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
SE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN EN EL PRESENTE JUICIO, y se da cuenta a la Sala para que proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda.-
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
hágase del conocimiento de las partes que CINCO días después a aquél en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, cuentan con un plazo de CINCO días hábiles para formular alegatos por escrito, y una vez transcurrido dicho plazo, con alegatos o sin ellos, quedará cerrada la instrucción del juicio.-
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
se tiene por presentado en tiempo y forma, así como por ratificado el dictamen pericial en materia actuarial rendido por la C..., perito designada por los actores, mismo que será valorado al momento de dictar la sentencia que en derecho corresponda.-
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
se hace efectivo el apercibimiento formulado en el auto de fecha 1° de septiembre de 2023, teniéndose por perdido el derecho de la autoridad demandada para desahogar la vista respecto del recurso de reclamación interpuesto por los actores en el presente juicio, por consiguiente, con fundamento en el artículo 60, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se da cuenta a la Sala para que proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda.-
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
I.- Ha resultado procedente, pero infundado el recurso de reclamación interpuesto por la autoridad demandada, en consecuencia;II.- Se confirma el auto reclamado de fecha 3 de agosto de 2023, a través de la cual se tuvo por contestada la demanda.III.- NOTIFÍQUESE.-
Actor: JOSÉ FÉLIX LÓPEZ SÁNCHEZ, SERGIO ARTURO LOPEZ SANCHEZ, GRACIELA FIGUEROA RODRIGUEZ, LORENIA LAGARDA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ RIOS, ALFONSO AVILA BAEZ Y MANUEL RAMIREZ GARCIA
Demandado: Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Mexicali, Baja California
dígase a los promoventes que en diverso auto emitido en esta misma fecha, se hizo efectivo el apercibimiento que le había sido formulado a la autoridad demandada en el auto de fecha 1° de septiembre de 2023, teniéndose por perdido su derecho para desahogar la vista respecto del recurso de reclamación interpuesto en el juicio que nos ocupa, motivo por el cual deberá estarse a lo acordado en dicho proveído.-
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información