Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: José Luis Quiman Barojas
Demandado: Delegación Oriente Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 25713/19-17-03-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por José Luis Quiman Barojas en contra de Delegación Oriente Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 17 de Enero del 2020 y cuenta con 37 Notificaciones.
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Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito recibido el 3 de agosto de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la parte actora solicita copias certificadas de la sentencia definitiva en cumplimiento de ejecutoria de 8 de septiembre de 2021.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por recibido el escrito de cuenta, por lo que en atención a su contenido y de conformidad con el diverso 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, expídanse a costa del promovente las copias que solicita, previa entrega de la copia del recibo de pago de derechos correspondiente a favor del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, haciendo de su conocimiento que la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito recibido el 3 de agosto de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la parte actora solicita copias certificadas de la sentencia definitiva en cumplimiento de ejecutoria de 8 de septiembre de 2021.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por recibido el escrito de cuenta, por lo que en atención a su contenido y de conformidad con el diverso 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, expídanse a costa del promovente las copias que solicita, previa entrega de la copia del recibo de pago de derechos correspondiente a favor del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, haciendo de su conocimiento que la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio recibido el 22 de junio de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la autoridad demandada remite las constancias con las que pretende acreditar dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada por este Órgano Colegiado el 30 de septiembre de 2020.- En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto 36 fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, agréguese sin mayor trámite el presente oficio, toda vez que deberá de estarse a lo acordado al proveído de fecha 8 de junio de 2022, a través del cual se tuvo por cumplida la sentencia de 30 de septiembre de 2020.
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito recibido el 24 de junio de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la parte actora, solicita copia certificada por duplicado de la sentencia definitiva dictada en cumplimiento de ejecutoria de 8 de septiembre de 2021 dictada por esta Sala; asimismo, exhibe el pago relativo.- Con fundamento en el artículo 36 fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, por lo que en atención a su contenido y toda vez que la demandante exhibe el pago de los derechos correspondientes, expídanse las copias certificadas que solicita, las cuales serán entregadas únicamente a las personas autorizadas para ello
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio recibido el 22 de junio de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la autoridad demandada remite las constancias con las que pretende acreditar dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada por este Órgano Colegiado el 30 de septiembre de 2020.- En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto 36 fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, agréguese sin mayor trámite el presente oficio, toda vez que deberá de estarse a lo acordado al proveído de fecha 8 de junio de 2022, a través del cual se tuvo por cumplida la sentencia de 30 de septiembre de 2020.
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito recibido el 24 de junio de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través del cual la parte actora, solicita copia certificada por duplicado de la sentencia definitiva dictada en cumplimiento de ejecutoria de 8 de septiembre de 2021 dictada por esta Sala; asimismo, exhibe el pago relativo.- Con fundamento en el artículo 36 fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, por lo que en atención a su contenido y toda vez que la demandante exhibe el pago de los derechos correspondientes, expídanse las copias certificadas que solicita, las cuales serán entregadas únicamente a las personas autorizadas para ello
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta a la Magistrada instructora, que de la revisión integral que se realizó de autos, se desprende que la parte actora no se manifestó respecto del cumplimiento a la sentencia de la autoridad demandada requerido mediante proveído de 17 de mayo de 2022, donde se le dio el termino de tres días para que se manifestara al respecto.- Con fundamento en el artículo 58, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tiene por cumplida la sentencia de 30 de septiembre de 2020, en virtud de que la autoridad demandada exhibe las constancias con las cuales acredita dicho cumplimiento, mientras que la parte actora no manifestó su inconformidad con el cumplimiento realizado por la autoridad.- Dado que el juicio en que se actúa, se encuentra totalmente concluido, se ponen a disposición de las partes los documentos ofrecidos como prueba en el presente juicio, previa copia certificada y razón de recibo que se deje en autos, devuélvansele los mismos a las personas autorizadas para tal efecto
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta a la Magistrada instructora, que de la revisión integral que se realizó de autos, se desprende que la parte actora no se manifestó respecto del cumplimiento a la sentencia de la autoridad demandada requerido mediante proveído de 17 de mayo de 2022, donde se le dio el termino de tres días para que se manifestara al respecto.- Con fundamento en el artículo 58, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tiene por cumplida la sentencia de 30 de septiembre de 2020, en virtud de que la autoridad demandada exhibe las constancias con las cuales acredita dicho cumplimiento, mientras que la parte actora no manifestó su inconformidad con el cumplimiento realizado por la autoridad.- Dado que el juicio en que se actúa, se encuentra totalmente concluido, se ponen a disposición de las partes los documentos ofrecidos como prueba en el presente juicio, previa copia certificada y razón de recibo que se deje en autos, devuélvansele los mismos a las personas autorizadas para tal efecto
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con los oficios recibidos el 4 de mayo de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través de los cuales la autoridad demandada remite las constancias con las que acredita dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada por este Órgano Colegiado el 30 de septiembre de 2020.- En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, córrase traslado al actor, para que en el término de TRES DÍAS manifieste lo que a su derecho convenga en relación con el cumplimiento dado por la autoridad demandada a la sentencia pronunciada en el presente juicio, en el entendido de que de no hacerlo, se tendrá por cumplida la referida sentencia
Actor: JOSÉ LUIS QUIMAN BAROJAS
Demandado: Delegación Oriente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con los oficios recibidos el 4 de mayo de 2022, en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, a través de los cuales la autoridad demandada remite las constancias con las que acredita dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada por este Órgano Colegiado el 30 de septiembre de 2020.- En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, córrase traslado al actor, para que en el término de TRES DÍAS manifieste lo que a su derecho convenga en relación con el cumplimiento dado por la autoridad demandada a la sentencia pronunciada en el presente juicio, en el entendido de que de no hacerlo, se tendrá por cumplida la referida sentencia
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