Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Primera Sala Regional Del Noroeste III de Salas Regionales
Actor: Juan Carlos Cortes Larrinaga
Demandado: Subdelegado De Prestaciones Del Issste En Bcs Por Conducto Del Jefe De La Unidad Jurídica De La Delegación Estatal En Bcs Del Citado Instituto
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 4094/24-03-01-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Juan Carlos Cortes Larrinaga en contra de Subdelegado De Prestaciones Del Issste En Bcs Por Conducto Del Jefe De La Unidad Jurídica De La Delegación Estatal En Bcs Del Citado Instituto en el Primera Sala Regional Del Noroeste III en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 06 de Septiembre del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: JUAN CARLOS CORTES LARRINAGA
Demandado: Subdelegado de Prestaciones del ISSSTE EN BCS por conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de la Delegación Estatal en BCS del citado Instituto
SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se tiene por domicilio y correo electrónico los señalados y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable.
Actor: JUAN CARLOS CORTES LARRINAGA
Demandado: Subdelegado de Prestaciones del ISSSTE EN BCS por conducto del Jefe de la Unidad Jurídica de la Delegación Estatal en BCS del citado Instituto
SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se tiene por domicilio y correo electrónico los señalados y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable.
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