Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Sala Especializada En Materia Ambiental Y De Regulacion de Salas Especializadas
Actor: Kendall De México, S.a. De C.v
Demandado: Comisionado De Autorización Sanitaria De La Comisión Federal Para La Protección Contra Riesgos Sanitarios
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 1417/24-ear-01-7 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Kendall De México, S.a. De C.v en contra de Comisionado De Autorización Sanitaria De La Comisión Federal Para La Protección Contra Riesgos Sanitario en el Sala Especializada En Materia Ambiental Y De Regulacion en Salas Especializadas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 09 de Abril del 2024 y cuenta con 16 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Visto el estado procesal que guardan los autos del presente juicio y toda vez que de las constancias que obran en el presente expediente no se desprende que alguna de las partes haya interpuesto algún medio de defensa en contra del acuerdo de 10/05/2024 y habiendo transcurrido el termino de ley para impugnar dicha resolución, el C. Secretario de Acuerdos hace constar que el mismo ha quedado firme; en tal virtud, comuníquese lo anterior a las partes en este juicio para los efectos legales a que haya lugar.
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Visto el estado procesal que guardan los autos del presente juicio y toda vez que de las constancias que obran en el presente expediente no se desprende que alguna de las partes haya interpuesto algún medio de defensa en contra del acuerdo de 10/05/2024 y habiendo transcurrido el termino de ley para impugnar dicha resolución, el C. Secretario de Acuerdos hace constar que el mismo ha quedado firme; en tal virtud, comuníquese lo anterior a las partes en este juicio para los efectos legales a que haya lugar.
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Se da cuenta del oficio presentado el 06/06/2024 mediante el cual la autoridad demandada formula su contestación de demanda. Se le informa que deberá estarse a lo acordado el 10/05/2024.
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Se da cuenta del oficio presentado el 06/06/2024 mediante el cual la autoridad demandada formula su contestación de demanda. Se le informa que deberá estarse a lo acordado el 10/05/2024.
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
***SE HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO decretado en el acuerdo de referencia, y su desistimiento surte plenos efectos, por lo que, con fundamento en los artículos 9º fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el artículo 36, fracción V, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, SE SOBRESEE EL PRESENTE JUICIO DE NULIDAD, atento a la tesis número VIII-P-1aS-716, emitida por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, cuyo rubor es el siguiente: "DESISTIMIENTO DEL JUICIO. SURTE PLENOS EFECTOS Y PROCEDE EL SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO, CUANDO EL DESISTIMIENTO NO SE RATIFICA EN TIEMPO Y FORMA, PREVIO EL REQUERIMIENTO PARA TAL EFECTO"
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
***SE HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO decretado en el acuerdo de referencia, y su desistimiento surte plenos efectos, por lo que, con fundamento en los artículos 9º fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el artículo 36, fracción V, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, SE SOBRESEE EL PRESENTE JUICIO DE NULIDAD, atento a la tesis número VIII-P-1aS-716, emitida por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, cuyo rubor es el siguiente: "DESISTIMIENTO DEL JUICIO. SURTE PLENOS EFECTOS Y PROCEDE EL SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO, CUANDO EL DESISTIMIENTO NO SE RATIFICA EN TIEMPO Y FORMA, PREVIO EL REQUERIMIENTO PARA TAL EFECTO"
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
***REQUIERE AL REPRESENTANTE LEGAL para que en el plazo de TRES DÍAS HÁBILES posteriores a que surta efectos la notificación del presente acuerdo, en atención a lo previsto en el numeral Sexto del Acuerdo G/JGA/6/2023, solicite vía telefónica al Conmutador: 55 8000 5650, Extensión 3485, cita para ratificar el desistimiento de mérito; debiendo presentarse en el día y hora señalados con identificación vigente, lo anterior a fin de que esta Juzgadora se cerciore de que efectivamente, es voluntad del demandante declinar en su pretensión, esto es, renunciar a la acción, iniciada a través del presente juicio
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
***REQUIERE AL REPRESENTANTE LEGAL para que en el plazo de TRES DÍAS HÁBILES posteriores a que surta efectos la notificación del presente acuerdo, en atención a lo previsto en el numeral Sexto del Acuerdo G/JGA/6/2023, solicite vía telefónica al Conmutador: 55 8000 5650, Extensión 3485, cita para ratificar el desistimiento de mérito; debiendo presentarse en el día y hora señalados con identificación vigente, lo anterior a fin de que esta Juzgadora se cerciore de que efectivamente, es voluntad del demandante declinar en su pretensión, esto es, renunciar a la acción, iniciada a través del presente juicio
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
**Agréguese a sus autos el oficio sin número, ingresado en la Oficialía de Partes de la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa el 15 de abril de 2024, por medio del cual el SUBDIRECTORA EJECUTIVA DE LO CONTENCIOSO DE LA COORDINACIÓN GENERAL JURÍDICA Y CONSULTIVA EN REPRESENTACIÓN DE LA COMISIONADA DE OPERACIÓN SANITARIA DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, rinde el informe correspondiente al incidente de medidas cautelares planteado por la parte actora en el juicio citado al rubro.- En tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tiene por recibido el oficio de referencia, mismo que se manda agregar a los autos, para considerarse en la emisión de la medida cautelar
Actor: KENDALL DE MÉXICO, S.A. DE C.V
Demandado: Comisionado de Autorización Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
**Agréguese a sus autos el oficio sin número, ingresado en la Oficialía de Partes de la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa el 15 de abril de 2024, por medio del cual el SUBDIRECTORA EJECUTIVA DE LO CONTENCIOSO DE LA COORDINACIÓN GENERAL JURÍDICA Y CONSULTIVA EN REPRESENTACIÓN DE LA COMISIONADA DE OPERACIÓN SANITARIA DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, rinde el informe correspondiente al incidente de medidas cautelares planteado por la parte actora en el juicio citado al rubro.- En tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tiene por recibido el oficio de referencia, mismo que se manda agregar a los autos, para considerarse en la emisión de la medida cautelar
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información