Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Sala Regional Del Centro II de Salas Regionales
Actor: Logistica De Transportes Pjh, S. De R.l. De C.v
Demandado: Centro Sct Querétaro, De La Secretaría De Comunicaciones Y Transportes
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 739/20-09-01-2 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Logistica De Transportes Pjh, S. De R.l. De C.v en contra de Centro Sct Querétaro, De La Secretaría De Comunicaciones Y Transporte en el Sala Regional Del Centro II en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 06 de Agosto del 2020 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Por lo expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 49, 50, 51, fracción I, 52, fracción II y 58-13, aplicables estos últimos de conformidad con el 58-1, todos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:
I.- La parte actora probó los extremos de su acción, en consecuencia:
II.- Se declara la nulidad lisa y llana del acto impugnado, reseñado en el resultando primero de esta sentencia, por las razones dadas en la parte considerativa de la misma.
III.- NOTIFÍQUESE.
Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Por lo expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 49, 50, 51, fracción I, 52, fracción II y 58-13, aplicables estos últimos de conformidad con el 58-1, todos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:
I.- La parte actora probó los extremos de su acción, en consecuencia:
II.- Se declara la nulidad lisa y llana del acto impugnado, reseñado en el resultando primero de esta sentencia, por las razones dadas en la parte considerativa de la misma.
III.- NOTIFÍQUESE.
Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
De las constancias que obran en autos, se aprecia que las partes fueron omisas en formular sus alegatos por escrito, dentro del término legal que se les concedió para ello, por lo que, ante esta situación lo procedente es, con fundamento en los artículos 47, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los diversos 36, fracción X, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, vigente y 48, facción IX, X y 49, fracción IX, del Reglamento Interior de este Tribunal, DECRETAR CERRADA LA INSTRUCCIÓN, y de esta manera con fundamento en el artículo 58-12, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo aplicable, se señala esta fecha como cierre de instrucción, por lo que, con estos señalamientos lo procedente es dictar la sentencia correspondiente.
Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
De las constancias que obran en autos, se aprecia que las partes fueron omisas en formular sus alegatos por escrito, dentro del término legal que se les concedió para ello, por lo que, ante esta situación lo procedente es, con fundamento en los artículos 47, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con los diversos 36, fracción X, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, vigente y 48, facción IX, X y 49, fracción IX, del Reglamento Interior de este Tribunal, DECRETAR CERRADA LA INSTRUCCIÓN, y de esta manera con fundamento en el artículo 58-12, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo aplicable, se señala esta fecha como cierre de instrucción, por lo que, con estos señalamientos lo procedente es dictar la sentencia correspondiente.
Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Se da cuenta con el oficio presentado el 15/10/2020, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Se da cuenta con el oficio presentado el 15/10/2020, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Se da cuenta con la promoción presentada el 04/03/2020, por la parte actora. SE ADMITE la demanda. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por domicilio y correo electrónico los señalados, y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable. Se fija el día _____ para cerrar instrucción.
Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Se da cuenta con la promoción presentada el 04/03/2020, por la parte actora. SE ADMITE la demanda. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por domicilio y correo electrónico los señalados, y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable. Se fija el día _____ para cerrar instrucción.
Actor: LOGISTICA DE TRANSPORTES PJH, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Centro SCT Querétaro, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Se da cuenta con la promoción presentada el 04/03/2020. SE REQUIERE AL PROMOVENTE, por única vez, a efecto de que exhiba instrumneto notarial o documento idoneo con el que acredite su personería conjuntamente con dos tantos más de copias simples, necesarias para dar vista a la autoridad, apercibido que de no hacerlo se tendrá POR NO PRESENTADA SU DEMANDA.
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