Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Lorenzo Carmona Cordero
Demandado: Jefa De Servicios De Asignación De Derechos De La Subdirección De Pensiones De La Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 2778/24-17-03-9 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Lorenzo Carmona Cordero en contra de Jefa De Servicios De Asignación De Derechos De La Subdirección De Pensiones De La Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 19 de Febrero del 2024 y cuenta con 9 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción II y IV y 52, fracciones IV y V, inciso a), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:I. La parte actora probó los extremos de su pretensión, en consecuencia;II. Se declara la nulidad de la resolución impugnada, precisada en el primer resultando de la presente resolución, para los efectos señalados en la parte final de este fallo;III.- NOTIFÍQUESE.
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción II y IV y 52, fracciones IV y V, inciso a), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:I. La parte actora probó los extremos de su pretensión, en consecuencia;II. Se declara la nulidad de la resolución impugnada, precisada en el primer resultando de la presente resolución, para los efectos señalados en la parte final de este fallo;III.- NOTIFÍQUESE.
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con la promoción a través de la cual se formulan alegatos, mismos que desechan por extemporáneos.
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con la promoción a través de la cual se formulan alegatos, mismos que desechan por extemporáneos.
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio presentado por la autoridad el día 24 de junio de 2024. SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena el traslado legal a la actora. Se concede término para formular alegatos.
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio presentado por la autoridad el día 24 de junio de 2024. SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena el traslado legal a la actora. Se concede término para formular alegatos.
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el acta de 27 de febrero de 2024, por medio de la cual el actor, ratifica la firma plasmada en el escrito inicial de demanda, en ese sentido se procede a acordar lo siguiente. Se admite a trámite la demanda. Se admiten las pruebas ofrecidas. Se ordena correr traslado a la autoridad para que formule su contestación. Se tienen por señalados domicilio, correo y autorizados.
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el acta de 27 de febrero de 2024, por medio de la cual el actor, ratifica la firma plasmada en el escrito inicial de demanda, en ese sentido se procede a acordar lo siguiente. Se admite a trámite la demanda. Se admiten las pruebas ofrecidas. Se ordena correr traslado a la autoridad para que formule su contestación. Se tienen por señalados domicilio, correo y autorizados.
Actor: LORENZO CARMONA CORDERO
Demandado: Jefa de Servicios de Asignación de Derechos de la Subdirección de Pensiones de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito inicial de demanda. Se requiere al promovente a efecto de que en el término de tres días reconozca la firma que calza el escrito, apercibida que de no hacerlo se tendrá por no presentada la demanda.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información