Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Segunda Sala Regional Del Golfo de Salas Regionales
Actor: Luz María Del Rosario Blasquez Murrieta
Demandado: Departamento De Pensiones Seguridad E Higiene Subdelegación De Prestaciones Delegación Estatal Veracruz Dirección De Delegaciones Dirección General Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado | Jefa De Departamento De La Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales, Comisionada A La Subdelegación De Prestaciones De La Delegación Veracruz Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 3065/24-13-02-4 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Luz María Del Rosario Blasquez Murrieta en contra de Departamento De Pensiones Seguridad E Higiene Subdelegación De Prestaciones Delegación Estatal Veracruz Dirección De Delegaciones Dirección General Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Segunda Sala Regional Del Golfo en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 07 de Enero del 2025 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Actor: LUZ MARÍA DEL ROSARIO BLASQUEZ MURRIETA
Demandado: Jefa de Departamento de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, Comisionada a la Subdelegación de Prestaciones de la Delegación Veracruz del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Con relación al oficio a través del cual la autoridad formula su contestación de demanda, se tiene por contestada la demanda, por admitidas las pruebas y se otorga a las partes el plazo para que formulen alegatos.
Actor: LUZ MARÍA DEL ROSARIO BLASQUEZ MURRIETA
Demandado: Jefa de Departamento de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, Comisionada a la Subdelegación de Prestaciones de la Delegación Veracruz del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Con relación al oficio a través del cual la autoridad formula su contestación de demanda, se tiene por contestada la demanda, por admitidas las pruebas y se otorga a las partes el plazo para que formulen alegatos.
Actor: LUZ MARÍA DEL ROSARIO BLASQUEZ MURRIETA
Demandado: Jefa de Departamento de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, Comisionada a la Subdelegación de Prestaciones de la Delegación Veracruz del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Con relación al oficio a través del cual la autoridad formula su contestación de demanda, se tiene por contestada la demanda, por admitidas las pruebas y se otorga a las partes el plazo para que formulen alegatos.
Actor: LUZ MARÍA DEL ROSARIO BLASQUEZ MURRIETA
Demandado: Jefa de Departamento de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, Comisionada a la Subdelegación de Prestaciones de la Delegación Veracruz del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Téngase por recibido el escrito de cuenta y anexos, por lo que se tiene por cumplimentado el requerimiento y como consecuencia, se deja sin efectos el apercibimiento indicado en el auto de 12 de diciembre de 2024, por lo que SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA. Téngase por admitidas las pruebas ofrecidas en el capítulo respectivo de su escrito de demanda. Se requiere a la autoridad demandada para que a más tardar al contestar la demanda remita en forma impresa a esta Sala copia certificada del expediente administrativo del que derivó la resolución impugnada. Emplácese a las autoridades demandadas para que emitan su contestación de demanda.
Actor: LUZ MARÍA DEL ROSARIO BLASQUEZ MURRIETA
Demandado: Jefa de Departamento de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, Comisionada a la Subdelegación de Prestaciones de la Delegación Veracruz del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Téngase por recibido el escrito de cuenta y anexos, por lo que se tiene por cumplimentado el requerimiento y como consecuencia, se deja sin efectos el apercibimiento indicado en el auto de 12 de diciembre de 2024, por lo que SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA. Téngase por admitidas las pruebas ofrecidas en el capítulo respectivo de su escrito de demanda. Se requiere a la autoridad demandada para que a más tardar al contestar la demanda remita en forma impresa a esta Sala copia certificada del expediente administrativo del que derivó la resolución impugnada. Emplácese a las autoridades demandadas para que emitan su contestación de demanda.
Actor: LUZ MARÍA DEL ROSARIO BLASQUEZ MURRIETA
Demandado: Jefa de Departamento de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, Comisionada a la Subdelegación de Prestaciones de la Delegación Veracruz del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Téngase por recibido el escrito de cuenta y anexos, por lo que se tiene por cumplimentado el requerimiento y como consecuencia, se deja sin efectos el apercibimiento indicado en el auto de 12 de diciembre de 2024, por lo que SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA. Téngase por admitidas las pruebas ofrecidas en el capítulo respectivo de su escrito de demanda. Se requiere a la autoridad demandada para que a más tardar al contestar la demanda remita en forma impresa a esta Sala copia certificada del expediente administrativo del que derivó la resolución impugnada. Emplácese a las autoridades demandadas para que emitan su contestación de demanda.
Actor: LUZ MARÍA DEL ROSARIO BLASQUEZ MURRIETA
Demandado: Departamento De Pensiones Seguridad E Higiene Subdelegación De Prestaciones Delegación Estatal Veracruz Dirección De Delegaciones Dirección General Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales del Golfo el 6 de diciembre de 2024 Y SE ORDENA SU TRÁMITACIÓN EN LA VIA ORDINARIA. SE REQUIERE A LA PROMOVENTE para que dentro del término de CINCO DÍAS hábiles contados a partir del día hábil siguiente al que surta efectos la notificación del presente auto exhiba un juego completo de copias del escrito inicial de demanda junto con sus anexos, así como el escrito con el que dé cumplimiento al citado requerimiento, para el correspondiente traslado de ley, apercibido que en el caso de no dar cumplimiento a lo establecido en la forma y términos señalados, SE TENDRÁ POR NO PRESENTADA LA DEMANDA. Se tiene por señalado el domicilio y correo electrónico para oir y recibir notificaciones de la parte actora y por designado a su autorizado.
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