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Manurac Procesadores S.a. De C.v | Titular De La Subdelegación Exp: 28017/23-17-03-6

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Manurac Procesadores, S.a. De C.v
Demandado: Titular De La Subdelegación Culiacán, órgano Operativo Del órgano De Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa Del Instituto Mexicano Del Seguro Social
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 28017/23-17-03-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Manurac Procesadores, S.a. De C.v en contra de Titular De La Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo Del Órgano De Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa Del Instituto Mexicano Del Seguro Social en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 09 de Enero del 2024 y cuenta con 22 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 28017/23-17-03-6

  • 05 de Julio del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    I. Ha resultado fundada la causal de improcedencia hecha valer por la autoridad demandada, por lo que se decreta el sobreseimiento del juicio, por los motivos y fundamentos expuestos en el Considerando Tercero del presente fallo.II. NOTIFÍQUESE a las partes.

  • 05 de Julio del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    I. Ha resultado fundada la causal de improcedencia hecha valer por la autoridad demandada, por lo que se decreta el sobreseimiento del juicio, por los motivos y fundamentos expuestos en el Considerando Tercero del presente fallo.II. NOTIFÍQUESE a las partes.

  • 05 de Julio del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    En virtud de que el juicio se encuentra debidamente integrado, según lo asentado en el acta de hechos de esta misma fecha, en términos de lo dispuesto por el artículo 58-12 párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se declara cerrada la instrucción del mismo, ante lo cual procédase a elaborar el proyecto de sentencia que conforme a derecho corresponda.

  • 05 de Julio del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    En virtud de que el juicio se encuentra debidamente integrado, según lo asentado en el acta de hechos de esta misma fecha, en términos de lo dispuesto por el artículo 58-12 párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se declara cerrada la instrucción del mismo, ante lo cual procédase a elaborar el proyecto de sentencia que conforme a derecho corresponda.

  • 13 de Mayo del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se otorga el termino para que las partes formulen alegatos

  • 13 de Mayo del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se otorga el termino para que las partes formulen alegatos

  • 15 de Abril del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con la promoción ingresada ante este Tribunal a traves de la cual se realizan manifestaciones

  • 15 de Abril del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    Se da cuenta con la promoción ingresada ante este Tribunal a traves de la cual se realizan manifestaciones

  • 25 de Marzo del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    I. Ha resultado procedente la solicitud de suspensión de la ejecución respecto del acto impugnado precisado en el resultando 1° de esta resolución, por tanto;II. Se CONCEDE la suspensión definitiva de la ejecución del crédito impugnado, precisado en el resultando primero de este fallo.III. Se CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA de la ejecución del crédito 236003900, cuya eficacia queda sujeta a los términos y condiciones precisados en el Considerando Segundo del presente fallo.III. NOTIFÍQUESE por boletín jurisdiccional a las partes.

  • 25 de Marzo del 2024

    Actor: MANURAC PROCESADORES, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Culiacán, Órgano Operativo del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Sinaloa del Instituto Mexicano del Seguro Social

    I. Ha resultado procedente la solicitud de suspensión de la ejecución respecto del acto impugnado precisado en el resultando 1° de esta resolución, por tanto;II. Se CONCEDE la suspensión definitiva de la ejecución del crédito impugnado, precisado en el resultando primero de este fallo.III. Se CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA de la ejecución del crédito 236003900, cuya eficacia queda sujeta a los términos y condiciones precisados en el Considerando Segundo del presente fallo.III. NOTIFÍQUESE por boletín jurisdiccional a las partes.

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