Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Maria Del Carmen Mena Espinoza
Demandado: Subcomité De Medicina En El Trabajo De La Delegación Estatal Morelos Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 324/24-17-03-7 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Maria Del Carmen Mena Espinoza en contra de Subcomité De Medicina En El Trabajo De La Delegación Estatal Morelos Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 09 de Febrero del 2024 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
I.- Ha sido procedente pero INFUNDADO el recurso de reclamación interpuesto por la parte actora, en consecuencia;II.- SE CONFIRMA el acuerdo de diecinueve de enero de dos mil veinticuatro, por el que se desechó la demanda interpuesta.
Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
I.- Ha sido procedente pero INFUNDADO el recurso de reclamación interpuesto por la parte actora, en consecuencia;II.- SE CONFIRMA el acuerdo de diecinueve de enero de dos mil veinticuatro, por el que se desechó la demanda interpuesta.
Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SE DECLARA PRECLUÍDO EL DERECHO QUE LE ASISTE A LA DEMANDADA, para realizar las manifestaciones correspondientes, respecto del recurso de reclamación interpuesto por la parte actora en contra del auto de diecinueve de enero de dos mil veinticuatro.- En virtud de lo anterior, sin más trámite, túrnense los presentes autos a esta Sala, a fin de que pronuncie la sentencia interlocutoria que en derecho proceda.
Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SE DECLARA PRECLUÍDO EL DERECHO QUE LE ASISTE A LA DEMANDADA, para realizar las manifestaciones correspondientes, respecto del recurso de reclamación interpuesto por la parte actora en contra del auto de diecinueve de enero de dos mil veinticuatro.- En virtud de lo anterior, sin más trámite, túrnense los presentes autos a esta Sala, a fin de que pronuncie la sentencia interlocutoria que en derecho proceda.
Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, el cual se manda agregar a sus autos y en atención a su contenido, SE ADMITE A TRÁMITE EL RECURSO DE RECLAMACIÓN.- En tal virtud, se concede a la AUTORIDAD DEMANDADA, el término de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de que surta efectos la legal notificación del presente acuerdo, para que exprese lo que a su derecho corresponda en relación al mencionado recurso.
Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, el cual se manda agregar a sus autos y en atención a su contenido, SE ADMITE A TRÁMITE EL RECURSO DE RECLAMACIÓN.- En tal virtud, se concede a la AUTORIDAD DEMANDADA, el término de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir de que surta efectos la legal notificación del presente acuerdo, para que exprese lo que a su derecho corresponda en relación al mencionado recurso.
Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, mismo que se manda agregar a sus autos, y en atención a su contenido, se informa al promovente que, en términos de lo previsto en el artículo 5° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tiene como autorizados a los CC. ****, únicamente para el efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones; asimismo, se le informa que se les tendrá como autorizados para presentar promociones de trámite, rendir pruebas, formular alegatos e interponer recursos, una vez que acrediten ante esta Juzgadora encontrarse en el ejercicio legal de la profesión de licenciados en Derecho, con excepción de quien si lo acredita.
Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, mismo que se manda agregar a sus autos, y en atención a su contenido, se informa al promovente que, en términos de lo previsto en el artículo 5° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tiene como autorizados a los CC. ****, únicamente para el efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones; asimismo, se le informa que se les tendrá como autorizados para presentar promociones de trámite, rendir pruebas, formular alegatos e interponer recursos, una vez que acrediten ante esta Juzgadora encontrarse en el ejercicio legal de la profesión de licenciados en Derecho, con excepción de quien si lo acredita.
Actor: MARIA DEL CARMEN MENA ESPINOZA
Demandado: SUBCOMITÉ DE MEDICINA EN EL TRABAJO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL MORELOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, junto con sus anexos, mismos que se mandan agregar a sus autos, y en atención a su contenido, SE DESECHA POR EXTEMPORÁNEA LA DEMANDA INTERPUESTA.
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