Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Segunda Sala Regional Del Norte-Centro II de Salas Regionales
Actor: Marisela Dávila Guajardo
Demandado: Departamento De Pensiones Y Seguridad E Higiene De La Subdelegación De Prestaciones Económicas De La Delegación Estatal En Durango Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 1706/24-05-02-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Marisela Dávila Guajardo en contra de Departamento De Pensiones Y Seguridad E Higiene De La Subdelegación De Prestaciones Económicas De La Delegación Estatal En Durango Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Segunda Sala Regional Del Norte-Centro II en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 06 de Septiembre del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: MARISELA DÁVILA GUAJARDO
Demandado: Departamento de Pensiones y Seguridad e Higiene de la Subdelegación de Prestaciones Económicas de la Delegación Estatal en Durango del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Por recibido el día 01/08/24, el escrito y anexos, mediante el cual por su propio derecho, demanda la nulidad de la resolución contenida en el oficio número ***, de fecha 17/06/24. SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA EN LA VÍA ORDINARIA. Con la copia exhibida y sus anexos, córrase traslado a la autoridad demandada, y emplácesele para que la conteste dentro del término de ley. Se tienen por ofrecidas y admitidas las pruebas que se mencionan en el escrito de cuenta. Respecto a la prueba marcada con el número 6, consistente en el Expediente Administrativo, se le requiere a la autoridad demandada a fin de que a más tardar al contestar la demanda, lo exhiba. Téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ***; como direcciones de correo electrónico en ***; asimismo, por autorizando para todos los efectos previstos en el último párrafo, del artículo 5, de la Ley a los Licenciados ***, y respecto a los ciudadanos ***, únicamente se autorizan para oír notificaciones e imponerse de autos. Por último, se comunica a las partes que cuentan con tres días hábiles, para oponerse por escrito en relación con terceros a la publicación de los datos personales.
Actor: MARISELA DÁVILA GUAJARDO
Demandado: Departamento de Pensiones y Seguridad e Higiene de la Subdelegación de Prestaciones Económicas de la Delegación Estatal en Durango del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Por recibido el día 01/08/24, el escrito y anexos, mediante el cual por su propio derecho, demanda la nulidad de la resolución contenida en el oficio número ***, de fecha 17/06/24. SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA EN LA VÍA ORDINARIA. Con la copia exhibida y sus anexos, córrase traslado a la autoridad demandada, y emplácesele para que la conteste dentro del término de ley. Se tienen por ofrecidas y admitidas las pruebas que se mencionan en el escrito de cuenta. Respecto a la prueba marcada con el número 6, consistente en el Expediente Administrativo, se le requiere a la autoridad demandada a fin de que a más tardar al contestar la demanda, lo exhiba. Téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ***; como direcciones de correo electrónico en ***; asimismo, por autorizando para todos los efectos previstos en el último párrafo, del artículo 5, de la Ley a los Licenciados ***, y respecto a los ciudadanos ***, únicamente se autorizan para oír notificaciones e imponerse de autos. Por último, se comunica a las partes que cuentan con tres días hábiles, para oponerse por escrito en relación con terceros a la publicación de los datos personales.
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