Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Martha Alicia Ortiz Martinez
Demandado: Jefe De Servicios De Cartera Y Cobranza De La Subdirección De Otorgamiento De Crédito De La Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 25828/23-17-03-5 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Martha Alicia Ortiz Martinez en contra de Jefe De Servicios De Cartera Y Cobranza De La Subdirección De Otorgamiento De Crédito De La Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 23 de Febrero del 2024 y cuenta con 15 Notificaciones.
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Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio número 14833/2024 ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, y recibido en el Archivo de esta Sala el 07 del mes y año en curso, a través del cual el Actuario Judicial del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, reproduce el Acuerdo dictado el 05 de noviembre de 2024, por el Magistrado Presidente del Tribunal en cita, dentro del Juicio de Amparo número D.A.- 485/2024 través del cual admitió a trámite la demanda de garantías interpuesta por la parte actora, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 17 de junio de 2024; asimismo solicita en el término de TRES DÍAS el envió de la sentencia emitida en el juicio de nulidad de mérito a la dirección de correo electrónico 9tc1ctoa@correo.cfj.gob.mx, señalando que no es necesario informar por escrito el envió correspondiente.- Téngase por recibido el oficio de cuenta y como lo solicita el Tribunal Colegiado en el término de TRES DÍAS remítasele a través de la dirección de correo electrónico "9tc1ctoa@correo.cfj.gob.mx" el archivo electrónico de la sentencia interlocutoria de fecha 17 de junio de 2024 dictada dentro del juicio de nulidad citado al rubro, a fin de que se encuentre en posibilidad material de continuar con la substanciación del Juicio de Amparo número D.A.- 485/2024.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el oficio número 14833/2024 ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal, y recibido en el Archivo de esta Sala el 07 del mes y año en curso, a través del cual el Actuario Judicial del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, reproduce el Acuerdo dictado el 05 de noviembre de 2024, por el Magistrado Presidente del Tribunal en cita, dentro del Juicio de Amparo número D.A.- 485/2024 través del cual admitió a trámite la demanda de garantías interpuesta por la parte actora, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 17 de junio de 2024; asimismo solicita en el término de TRES DÍAS el envió de la sentencia emitida en el juicio de nulidad de mérito a la dirección de correo electrónico 9tc1ctoa@correo.cfj.gob.mx, señalando que no es necesario informar por escrito el envió correspondiente.- Téngase por recibido el oficio de cuenta y como lo solicita el Tribunal Colegiado en el término de TRES DÍAS remítasele a través de la dirección de correo electrónico "9tc1ctoa@correo.cfj.gob.mx" el archivo electrónico de la sentencia interlocutoria de fecha 17 de junio de 2024 dictada dentro del juicio de nulidad citado al rubro, a fin de que se encuentre en posibilidad material de continuar con la substanciación del Juicio de Amparo número D.A.- 485/2024.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito ingresado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal el 09 del mes y año en curso, y recibido en el Archivo de esta Sala el 10 siguiente, a través del cual la autorizada de la parte actora, sustancialmente solicita se le informe los datos de radicación del juicio de amparo interpuesto en contra de la sentencia definitiva emitida por esta Sala en el juicio contencioso administrativo citado al rubro.- Agréguense para constancia el escrito de cuenta, y en atención a su contenido, hágasele saber a la promovente que mediante oficio número 17-3-2-52553/24 de fecha 09 de agosto de 2024, esta Juzgadora rindió informe justificado y al efecto remitió al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en Turno, los autos del juicio contencioso administrativo citado al rubro, así como la demanda de amparo, por lo que, a la fecha de la emisión del presente acuerdo, no se cuenta con los datos de radicación del juicio amparo de mérito; lo que se hace de su conocimiento para los efectos legales a los que haya lugar.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito ingresado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal el 09 del mes y año en curso, y recibido en el Archivo de esta Sala el 10 siguiente, a través del cual la autorizada de la parte actora, sustancialmente solicita se le informe los datos de radicación del juicio de amparo interpuesto en contra de la sentencia definitiva emitida por esta Sala en el juicio contencioso administrativo citado al rubro.- Agréguense para constancia el escrito de cuenta, y en atención a su contenido, hágasele saber a la promovente que mediante oficio número 17-3-2-52553/24 de fecha 09 de agosto de 2024, esta Juzgadora rindió informe justificado y al efecto remitió al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en Turno, los autos del juicio contencioso administrativo citado al rubro, así como la demanda de amparo, por lo que, a la fecha de la emisión del presente acuerdo, no se cuenta con los datos de radicación del juicio amparo de mérito; lo que se hace de su conocimiento para los efectos legales a los que haya lugar.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes el 09/07/2024 por el que se promueve juicio de amparo en contra de la sentencia de fecha 17/06/24 emitida por esta Sala en el presente juicio. Certifíquese al pie de la demanda de amparo en los términos de ley para la tramitación del juicio de garantías del promovente; dígase al C. Actuario adscrito a esta sala que proceda a correr traslado a los Terceros Perjudicados, para que en el término de ley ocurran al Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Administrativa en turno, a defender sus intereses. Ríndase el Informe Justificado que corresponde a esta Sala como autoridad responsable, remítanse los autos al Tribunal de referencia, para la tramitación del Juicio de Amparo.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal el 09 del mes y año en curso y recibido en el Archivo de esta Sala el 10 siguiente, a través del cual la parte actora señala la dirección de correo electrónico *** para efectos de que le sean enviados los avisos electrónicos.- Agréguese a sus autos el escrito de cuenta, por lo que, se tiene como direcciones de correo electrónico, las descritas en líneas precedentes para efectos de que le sean enviados los avisos electrónicos previstos en el artículo 65 de las Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con el escrito ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal el 09 del mes y año en curso y recibido en el Archivo de esta Sala el 10 siguiente, a través del cual la parte actora señala la dirección de correo electrónico *** para efectos de que le sean enviados los avisos electrónicos.- Agréguese a sus autos el escrito de cuenta, por lo que, se tiene como direcciones de correo electrónico, las descritas en líneas precedentes para efectos de que le sean enviados los avisos electrónicos previstos en el artículo 65 de las Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
En mérito de lo expuesto, fundado y con apoyo en lo dispuesto en los artículos 59 y 60, de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, en concordancia con el diverso 31, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se RESUELVE:I. - Ha sido procedente pero infundado el recurso de reclamación interpuesto por el accionante de nulidad, por lo que;II. - Se confirma en todos sus términos el acuerdo de fecha 24 de noviembre de 2023, al tenor de los fundamentos y motivos de derecho expuestos en el último considerando del presente fallo.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Se da cuenta con los escritos ingresados en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal el 22 de febrero y 16 de mayo del año en curso, a través de los cuales la autorizada de la parte actora, sustancialmente solicita se resuelva el recurso de reclamación interpuesto por la parte actora.- Téngase por recibido el escrito de cuenta, y hágasele saber a la promovente que esta Sala Juzgadora con fecha 17 de junio de 2024, dicto sentencia interlocutoria recaída al recurso de reclamación interpuesto por la parte actora, por lo que, debe estarse a lo resuelto en la misma.
Actor: MARTHA ALICIA ORTIZ MARTINEZ
Demandado: Jefe de Servicios de Cartera y Cobranza de la Subdirección de Otorgamiento de Crédito de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Visto el estado procesal que guardan las constancias del juicio en que se actúa, se observa que el día 28 de febrero de 2024, se notificó por Boletín Jurisdiccional -previo aviso de correo electrónico de fecha 22 de febrero de 2024- a la autoridad demandada, el auto de fecha 19 de febrero de 2024, donde se concedió el término de ley para que manifestara lo que a su derecho conviniera con relación al recurso de reclamación interpuesto por la parte actora, diligencia que transcurrió del 05 al 11 de marzo de 2024, sin que a la fecha haya ejercido ese derecho; en consecuencia, se tiene por precluido el mismo.- Dese cuenta a la Sala para que se emita la sentencia interlocutoria que conforme a derecho corresponda.
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