Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Nueva Wal-mart De Mexico, S. De R.l. De C.v
Demandado: Director De Procedimientos Y Sanciones De La Dirección General De Verificación Y Vigilancia De La Subprocuraduría De Verificación De La Procuraduría Federal Del Consumidor
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 2560/20-17-03-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Nueva Wal-Mart De Mexico, S. De R.l. De C.v en contra de Director De Procedimientos Y Sanciones De La Dirección General De Verificación Y Vigilancia De La Subprocuraduría De Verificación De La Procuraduría Federal Del Consumidor en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 13 de Febrero del 2020 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Director de Procedimientos y Sanciones de la Dirección General de Verificación y Vigilancia de la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor
Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo establecido por los artículos 46, fracciones I y III, 49, 50, 51, fracción IV y 52, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 31, segundo párrafo y 36, fracciones VIII y XII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se RESUELVE: I. - La parte actora acreditó los extremos de su pretensión, en consecuencia; II. - Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, la cual fue debidamente detallada en el resultando primero de este fallo. III. - NOTIFÍQUESE.
Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Director de Procedimientos y Sanciones de la Dirección General de Verificación y Vigilancia de la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor
Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo establecido por los artículos 46, fracciones I y III, 49, 50, 51, fracción IV y 52, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 31, segundo párrafo y 36, fracciones VIII y XII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se RESUELVE: I. - La parte actora acreditó los extremos de su pretensión, en consecuencia; II. - Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, la cual fue debidamente detallada en el resultando primero de este fallo. III. - NOTIFÍQUESE.
Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Director de Procedimientos y Sanciones de la Dirección General de Verificación y Vigilancia de la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor
con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VII y XII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se fija como nueva fecha de cierre de instrucción el 17 de agosto de 2020.
Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Director de Procedimientos y Sanciones de la Dirección General de Verificación y Vigilancia de la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor
con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VII y XII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se fija como nueva fecha de cierre de instrucción el 17 de agosto de 2020.
Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Director de Procedimientos y Sanciones de la Dirección General de Verificación y Vigilancia de la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con el oficio presentado el 10/03/2020, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS.
Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Director de Procedimientos y Sanciones de la Dirección General de Verificación y Vigilancia de la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con el oficio presentado el 10/03/2020, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS.
Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Director de Procedimientos y Sanciones de la Dirección General de Verificación y Vigilancia de la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con la promoción presentada el 29/01/2020, por la parte actora. SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por domicilio y correo electrónico los señalados y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable. Se fija el día 07/05/2020 para cerrar instrucción.
Actor: NUEVA WAL-MART DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V
Demandado: Director de Procedimientos y Sanciones de la Dirección General de Verificación y Vigilancia de la Subprocuraduría de Verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con la promoción presentada el 29/01/2020, por la parte actora. SE ADMITE LA DEMANDA. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por domicilio y correo electrónico los señalados y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable. Se fija el día 07/05/2020 para cerrar instrucción.
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