Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Oisa Visión Corporativa, S.a De C.v
Demandado: Oficina De Inconformidades De La Delegación Sur De La Ciudad De México, Del Instituto Mexicano Del Seguro Social
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 28643/19-17-03-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Oisa Visión Corporativa, S.a De C.v en contra de Oficina De Inconformidades De La Delegación Sur De La Ciudad De México, Del Instituto Mexicano Del Seguro Social en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 22 de Enero del 2020 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: OISA VISIÓN CORPORATIVA, S.A DE C.V
Demandado: Oficina de Inconformidades de la Delegación Sur de la Ciudad de México, del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el escrito recibido el 21 de enero de 2020, a través del cual la parte actora, solicita la devolución de los documentos originales exhibidos en el escrito inicial de demanda. Previa copia certificada y razón de recibo de los documentos cuya devolución se solicita la actora, que se deje en autos, devuélvanse a las personas autorizadas los documentos exhibidos en el presente juicio.
Actor: OISA VISIÓN CORPORATIVA, S.A DE C.V
Demandado: Oficina de Inconformidades de la Delegación Sur de la Ciudad de México, del Instituto Mexicano del Seguro Social
Se da cuenta con el escrito recibido el 31 de diciembre de 2019, a través del cual se demanda la nulidad de la resolución negativa ficta recaída al escrito presentado el 30 de agosto de 2019, ante la Oficina de Inconformidades de la Delegación Sur de la Ciudad de México, del Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del cual interpuso recurso de inconformidad en contra de la cedula de liquidación por omisión total en la determinación y pago de cuotas, emitida el 20 de agosto de 2019, por el Titular de la Subdelegación 10 Churubusco, de la Delegación Sur del Distrito Federal del IMSS. SE DESECHA LA DEMANDA POR IMPROCEDENTE, toda vez que la resolución negativa ficta impugnada en el presente juicio no se configuró. Derivado de lo anterior y al no configurarse la negativa ficta, se tiene que la demanda presentada por la Sociedad actora no encuadra en ninguna de las hipótesis previstas en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por lo que no procede su admisión. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones, el señalado en el escrito de cuenta y como dirección de correo electrónico el señalado. Se tiene por autorizado en términos de la primera parte, del último párrafo, del artículo 5° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, al Licenciado cuya cédula profesional se encuentra registrada en la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal.
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