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Operadora Vips S. De R.l. C.v | Secretaría Del Trabajo Y Previsi Exp: 27886/23-17-03-8

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Operadora Vips, S. De R.l. De C.v
Demandado: Secretaría Del Trabajo Y Previsión Social | Titular De La Oficina De Representación Federal Del Trabajo En Jalisco Con Sede En Guadalajara
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 27886/23-17-03-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Operadora Vips, S. De R.l. De C.v en contra de Secretaría Del Trabajo Y Previsión Social en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 15 de Enero del 2024 y cuenta con 20 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 27886/23-17-03-8

  • 07 de Junio del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    En mérito de lo expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 8º y 9º en contrario sensu, 46, fracción I, 49, 50, fracción IV y 52 fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de resolverse y se resuelve: I. Han resultado infundadas las causales de improcedencia y sobreseimiento invocadas por la representación de la autoridad demandada, por lo que;II. Por lo que no se procedente y no se sobresee el presente juicio contencioso administrativo.III.- La actora probó su acción en el presente juicio de nulidad, en consecuencia.IV.- Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución de fecha 24 de enero de 2023, dictada en el expediente 242.00136.2022.V.- NOTIFÍQUESE.

  • 07 de Junio del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    En mérito de lo expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 8º y 9º en contrario sensu, 46, fracción I, 49, 50, fracción IV y 52 fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de resolverse y se resuelve: I. Han resultado infundadas las causales de improcedencia y sobreseimiento invocadas por la representación de la autoridad demandada, por lo que;II. Por lo que no se procedente y no se sobresee el presente juicio contencioso administrativo.III.- La actora probó su acción en el presente juicio de nulidad, en consecuencia.IV.- Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución de fecha 24 de enero de 2023, dictada en el expediente 242.00136.2022.V.- NOTIFÍQUESE.

  • 14 de Mayo del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    Se tiene por contestada la ampliación de la demanda y se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se concede término para formular sus alegatos.

  • 14 de Mayo del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    Se tiene por contestada la ampliación de la demanda y se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se concede término para formular sus alegatos.

  • 10 de Abril del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACION DE DEMANDA. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva, se le apercibe, en caso de no hacerlo en tiempo y forma, se estará a lo dispuesto en la Ley.

  • 10 de Abril del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACION DE DEMANDA. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva, se le apercibe, en caso de no hacerlo en tiempo y forma, se estará a lo dispuesto en la Ley.

  • 05 de Marzo del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    I. Ha resultado PROCEDENTE el incidente de suspensión que promueve la parte actora.II. SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO, mismo que ha quedado precisado en el resultando primero del presente fallo.III. NOTIFÍQUESE.

  • 05 de Marzo del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    I. Ha resultado PROCEDENTE el incidente de suspensión que promueve la parte actora.II. SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO, mismo que ha quedado precisado en el resultando primero del presente fallo.III. NOTIFÍQUESE.

  • 05 de Marzo del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    Se tiene por precluido el derecho de la autoridad demandada para rendir el informe relativo a la suspensión solicitada por la actora

  • 05 de Marzo del 2024

    Actor: OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE C.V

    Demandado: Titular de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara

    Se tiene por precluido el derecho de la autoridad demandada para rendir el informe relativo a la suspensión solicitada por la actora

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