Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Pegaso Pcs, S.a. De C.v
Demandado: Director General De Contratos De Adhesión, Registros Y Autofinanciamiento De La Subprocuraduría De Servicios De La Procuraduría Federal Del Consumidor
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 28009/19-17-03-4 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Pegaso Pcs, S.a. De C.v en contra de Director General De Contratos De Adhesión, Registros Y Autofinanciamiento De La Subprocuraduría De Servicios De La Procuraduría Federal Del Consumidor en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 08 de Enero del 2020 y cuenta con 23 Notificaciones.
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Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
SE TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación con el diverso 58, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo aplicable, TÉNGASE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA, junto con sus anexos, los cuales se mandan agregar a sus autos, y en atención a su contenido, con fundamento en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia contenciosa, y tomando en cuenta que el cumplimiento de las sentencias pronunciadas en el juicio contencioso administrativo federal son de orden público, dese vista a la parte actora, para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES, contados a partir de que surta efectos la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga respecto al cumplimiento dado a la sentencia dictada el 03 de agosto de 2020.
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación con el diverso 58, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo aplicable, TÉNGASE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA, junto con sus anexos, los cuales se mandan agregar a sus autos, y en atención a su contenido, con fundamento en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia contenciosa, y tomando en cuenta que el cumplimiento de las sentencias pronunciadas en el juicio contencioso administrativo federal son de orden público, dese vista a la parte actora, para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES, contados a partir de que surta efectos la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga respecto al cumplimiento dado a la sentencia dictada el 03 de agosto de 2020.
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Con fundamento en el artículo 58, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, en relación con el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia contenciosa, SE REQUIERE A LA AUTORIDAD DEMANDADA para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES, contados a partir de que surta efectos la notificación del presente proveído, informe a esta Instrucción el cumplimiento que ha dado a la sentencia dictada el 03 de agosto de 2020, apercibida para el caso de incumplimiento, se procederá en términos del artículo 58, fracción I, inciso a), de la Ley en cita
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Con fundamento en el artículo 58, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, en relación con el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia contenciosa, SE REQUIERE A LA AUTORIDAD DEMANDADA para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES, contados a partir de que surta efectos la notificación del presente proveído, informe a esta Instrucción el cumplimiento que ha dado a la sentencia dictada el 03 de agosto de 2020, apercibida para el caso de incumplimiento, se procederá en términos del artículo 58, fracción I, inciso a), de la Ley en cita
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, TÉNGASE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA, junto con sus anexos, los cuales se mandan agregar a sus autos, y en atención a su contenido, MEDIANTE ATENTO OFICIO que al efecto se gire al PRESIDENTE DEL VIGÉSIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, acúsese recibo del oficio 1040/2021, del testimonio de la ejecutoria de 11 de enero de 2021 y de los autos del juicio 28009/19-17-03-4, integrados de un expediente principal y una carpeta de suspensión, lo anterior para los efectos legales correspondientes.
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Con fundamento en el artículo 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, TÉNGASE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA, junto con sus anexos, los cuales se mandan agregar a sus autos, y en atención a su contenido, MEDIANTE ATENTO OFICIO que al efecto se gire al PRESIDENTE DEL VIGÉSIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, acúsese recibo del oficio 1040/2021, del testimonio de la ejecutoria de 11 de enero de 2021 y de los autos del juicio 28009/19-17-03-4, integrados de un expediente principal y una carpeta de suspensión, lo anterior para los efectos legales correspondientes.
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes el 21/10/2020 por el que se promueve juicio de amparo en contra de la sentencia de fecha 03 de agosto de 2020, emitida por esta Sala en el presente juicio. Certifíquese al pie de la demanda de amparo en los términos de ley para la tramitación del juicio de garantías del promovente; dígase al C. Actuario adscrito a esta sala que proceda a correr traslado a los Terceros Perjudicados, para que en el término de ley ocurran al Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Administrativa en turno, a defender sus intereses. Ríndase el Informe Justificado que corresponde a esta Sala como autoridad responsable, remítanse los autos al Tribunal de referencia, para la tramitación del Juicio de Amparo.
Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, REGISTROS Y AUTOFINANCIAMIENTO DE LA SUBPROCURADURÍA DE SERVICIOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Visto el estado procesal del expediente, tomando en consideración que mediante acuerdo de 17 de febrero de 2020, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58-11 y 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, se otorgó a las partes el término de TRES DÍAS HÁBILES para que presentaran sus alegatos, sin que a la presente fecha los hayan formulado; con fundamento en lo previsto en los artículos 47 y 58-12 de la Ley de la materia, así como el 36, fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por precluído el derecho de las partes para formular alegatos en el presente juicio.- Finalmente, y toda vez que la instrucción del presente juicio cerró el día de la fecha, se ordena reservar los autos para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente
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