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Pegaso Pcs S.a. De C.v | Titular De La Subdelegación Iguala Exp: 21606/17-17-03-2

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Pegaso Pcs, S.a. De C.v
Demandado: Titular De La Subdelegación Iguala De La Delegación Guerrero De La Procuraduría Federal Del Consumidor
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 21606/17-17-03-2 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Pegaso Pcs, S.a. De C.v en contra de Titular De La Subdelegación Iguala De La Delegación Guerrero De La Procuraduría Federal Del Consumidor en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 17 de Octubre del 2017 y cuenta con 22 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 21606/17-17-03-2

  • 09 de Marzo del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    En mérito de lo expuesto, fund

  • 09 de Marzo del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    En mérito de lo expuesto, fund

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Visto el expediente en que se actúa y toda vez que del mismo se advierte que por auto admisorio de fecha 26 de septiembre de 2017, se fijó como fecha de cierre de instrucción el día de hoy, sin embargo, el juicio que nos ocupa aún no se encuentra debidamente integrado para cerrar su instrucción, por lo que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VII y XII de la Ley Orgánica de este Tribunal, se fija como nueva fecha de cierre de instrucción el día 26 de enero de 2018.-

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Visto el expediente en que se actúa y toda vez que del mismo se advierte que por auto admisorio de fecha 26 de septiembre de 2017, se fijó como fecha de cierre de instrucción el día de hoy, sin embargo, el juicio que nos ocupa aún no se encuentra debidamente integrado para cerrar su instrucción, por lo que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VII y XII de la Ley Orgánica de este Tribunal, se fija como nueva fecha de cierre de instrucción el día 26 de enero de 2018.-

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Visto el expediente en que se actúa y toda vez que del mismo se advierte que por auto admisorio de fecha 26 de septiembre de 2017, se fijó como fecha de cierre de instrucción el día de hoy, sin embargo, el juicio que nos ocupa aún no se encuentra debidamente integrado para cerrar su instrucción, por lo que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VII y XII de la Ley Orgánica de este Tribunal, se fija como nueva fecha de cierre de instrucción el día 26 de enero de 2018.-

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Visto el expediente en que se actúa y toda vez que del mismo se advierte que por auto admisorio de fecha 26 de septiembre de 2017, se fijó como fecha de cierre de instrucción el día de hoy, sin embargo, el juicio que nos ocupa aún no se encuentra debidamente integrado para cerrar su instrucción, por lo que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58-12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 36, fracciones VII y XII de la Ley Orgánica de este Tribunal, se fija como nueva fecha de cierre de instrucción el día 26 de enero de 2018.-

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Visto el expediente el expediente en que se actúa y toda vez que del mismo se advierte que no existe cuestión alguna que resolver, ni pruebas pendientes por desahogar, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47 y 58-12, segundo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso artículo 36, fracciones VII y XII de la Ley Orgánica de este Tribunal, se previene a las partes para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES contados a partir del día hábil siguiente al en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, formulen sus alegatos por escrito, haciéndose notar que una vez vencido dicho plazo, con alegatos o sin ellos quedará cerrada la instrucción, sin necesidad de una declaración expresa con base en lo dispuesto en el último párrafo del primer precepto legal en cita, procediéndose a emitir la resolución que conforme a derecho proceda

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Visto el expediente el expediente en que se actúa y toda vez que del mismo se advierte que no existe cuestión alguna que resolver, ni pruebas pendientes por desahogar, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47 y 58-12, segundo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso artículo 36, fracciones VII y XII de la Ley Orgánica de este Tribunal, se previene a las partes para que en el término de TRES DÍAS HÁBILES contados a partir del día hábil siguiente al en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, formulen sus alegatos por escrito, haciéndose notar que una vez vencido dicho plazo, con alegatos o sin ellos quedará cerrada la instrucción, sin necesidad de una declaración expresa con base en lo dispuesto en el último párrafo del primer precepto legal en cita, procediéndose a emitir la resolución que conforme a derecho proceda

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    De autos se advierte que con fecha 08 de enero de 2018, se notificó por boletín jurisdiccional a la parte actora el acuerdo de 05 de diciembre de 2017, en donde se le concedió el término de ley a la parte actora para que formulara su ampliación de demanda; diligencia que en términos del artículo 65, penúltimo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, surtió sus efectos al tercer día, y el plazo de CINCO DÍAS, que establece el artículo 58-6 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, corrió del 12 al 18 de enero de 2018, sin que a la fecha haya ejercido ese derecho, por lo que se le tiene por precluído el derecho para ampliar la demanda.-

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: PEGASO PCS, S.A. DE C.V

    Demandado: Titular de la Subdelegación Iguala de la Delegación Guerrero de la Procuraduría Federal del Consumidor

    De autos se advierte que con fecha 08 de enero de 2018, se notificó por boletín jurisdiccional a la parte actora el acuerdo de 05 de diciembre de 2017, en donde se le concedió el término de ley a la parte actora para que formulara su ampliación de demanda; diligencia que en términos del artículo 65, penúltimo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, surtió sus efectos al tercer día, y el plazo de CINCO DÍAS, que establece el artículo 58-6 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, corrió del 12 al 18 de enero de 2018, sin que a la fecha haya ejercido ese derecho, por lo que se le tiene por precluído el derecho para ampliar la demanda.-

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