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Sears Operadora Mexico S.a. De C.v | Jefa De Departamento Exp: 949/20-17-03-4

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Sears Operadora Mexico, S.a. De C.v
Demandado: Jefa De Departamento De Servicios De La Delegación Yucatán De La Procuraduría Federal Del Consumidor
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 949/20-17-03-4 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Sears Operadora Mexico, S.a. De C.v en contra de Jefa De Departamento De Servicios De La Delegación Yucatán De La Procuraduría Federal Del Consumidor en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 05 de Febrero del 2020 y cuenta con 16 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 949/20-17-03-4

  • 06 de Noviembre del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Con fundamento en los artículos 53, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, se considera que el 15 de octubre 2020, QUEDÓ FIRME la sentencia de 05 de agosto de 2020, lo que se informa para los efectos legales a que haya lugar.- En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 280, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia contenciosa administrativa, se autoriza a las partes la devolución de los documentos que exhibieron en original en el presente juicio, debiendo dejar constancias de las fojas que se devuelven y razón de recibo correspondiente, en el entendido de que se encuentran a su disposición en el local de esta Sala, para que sean recogidos en el plazo de seis meses siguientes a aquel que surta efectos la notificación del presente auto

  • 06 de Noviembre del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Con fundamento en los artículos 53, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente, se considera que el 15 de octubre 2020, QUEDÓ FIRME la sentencia de 05 de agosto de 2020, lo que se informa para los efectos legales a que haya lugar.- En virtud de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 280, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia contenciosa administrativa, se autoriza a las partes la devolución de los documentos que exhibieron en original en el presente juicio, debiendo dejar constancias de las fojas que se devuelven y razón de recibo correspondiente, en el entendido de que se encuentran a su disposición en el local de esta Sala, para que sean recogidos en el plazo de seis meses siguientes a aquel que surta efectos la notificación del presente auto

  • 17 de Septiembre del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    I.- La parte actora PROBÓ su pretensión, en consecuencia;

    II.- Se declara la NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada, precisada en el Resultando primero de este fallo, por los motivos y razones expuestos en el último considerando del mismo.

  • 17 de Septiembre del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    I.- La parte actora PROBÓ su pretensión, en consecuencia;

    II.- Se declara la NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada, precisada en el Resultando primero de este fallo, por los motivos y razones expuestos en el último considerando del mismo.

  • 17 de Septiembre del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Con fundamento en lo previsto en los artículos 47 y 36, fracción VII, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente SE TIENE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA Y POR FORMULADOS LOS ALEGATOS DE LA PARTE ACTORA.-

  • 17 de Septiembre del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Con fundamento en lo previsto en los artículos 47 y 36, fracción VII, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente SE TIENE POR RECIBIDO EL OFICIO DE CUENTA Y POR FORMULADOS LOS ALEGATOS DE LA PARTE ACTORA.-

  • 06 de Marzo del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Se da cuenta con el oficio presentado el 25/02/2020, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por planteadas las causales de improcedencia y sobreseimiento. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.

  • 06 de Marzo del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Se da cuenta con el oficio presentado el 25/02/2020, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por planteadas las causales de improcedencia y sobreseimiento. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.

  • 06 de Marzo del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Agréguese a la carpeta correspondiente, se da cuenta con el oficio presentado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa a través del cual la autoridad demandada RINDE EL INFORME RELATIVO AL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO interpuesto por la actora SE TIENE POR RENDIDO DICHO INFORME habiendo quedado debidamente integrado el expediente relativo al incidente de mérito, consérvense los autos para emitir la interlocutoria que en derecho corresponda

  • 06 de Marzo del 2020

    Actor: SEARS OPERADORA MEXICO, S.A. DE C.V

    Demandado: Jefa de Departamento de Servicios de la Delegación Yucatán de la Procuraduría Federal del Consumidor

    Agréguese a la carpeta correspondiente, se da cuenta con el oficio presentado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa a través del cual la autoridad demandada RINDE EL INFORME RELATIVO AL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO interpuesto por la actora SE TIENE POR RENDIDO DICHO INFORME habiendo quedado debidamente integrado el expediente relativo al incidente de mérito, consérvense los autos para emitir la interlocutoria que en derecho corresponda

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