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Servicios Para La Industria De Comida Italiana S.a. C.v | Exp: 2203/20-17-03-1

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Servicios Para La Industria De Comida Italiana, S.a. De C.v
Demandado: Director Jurídico De La Oficina De Representación Federal Del Trabajo En México Zona Centro En Toluca De La S.t.p.s
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 2203/20-17-03-1 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Servicios Para La Industria De Comida Italiana, S.a. De C.v en contra de Director Jurídico De La Oficina De Representación Federal Del Trabajo En México Zona Centro En Toluca De La S.t.p.s en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 13 de Febrero del 2020 y cuenta con 20 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 2203/20-17-03-1

  • 09 de Marzo del 2023

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    SE DECLARA LA FIRMEZA DE LA SENTENCIA DICTADA EN AUTOS

  • 09 de Marzo del 2023

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    SE DECLARA LA FIRMEZA DE LA SENTENCIA DICTADA EN AUTOS

  • 20 de Octubre del 2020

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    SE AUTORIZA LA DEVOLUCION DEL INSTRUMENTO NOTARIAL

  • 20 de Octubre del 2020

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    SE AUTORIZA LA DEVOLUCION DEL INSTRUMENTO NOTARIAL

  • 04 de Septiembre del 2020

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    Visto el estado procesal del expediente, tomando en consideración que las partes fueron notificadas por boletín jurisdiccional el 6 de agosto de 2020; del acuerdo de 12 de marzo de 2020, por el que se les otorgó a las partes término legal para que formularan alegatos, sin que a la presente fecha los hayan formulado, con fundamento en lo previsto en el artículo 47 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente y 36, fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por precluído el derecho de las partes para formular alegatos en el presente juicio; por lo que se ordena turnarlo para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente

  • 04 de Septiembre del 2020

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    Visto el estado procesal del expediente, tomando en consideración que las partes fueron notificadas por boletín jurisdiccional el 6 de agosto de 2020; del acuerdo de 12 de marzo de 2020, por el que se les otorgó a las partes término legal para que formularan alegatos, sin que a la presente fecha los hayan formulado, con fundamento en lo previsto en el artículo 47 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo vigente y 36, fracción VII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se tiene por precluído el derecho de las partes para formular alegatos en el presente juicio; por lo que se ordena turnarlo para la elaboración del proyecto de sentencia correspondiente

  • 04 de Septiembre del 2020

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    I.- La parte actora acreditó su pretensión, en consecuencia; II.- Se declara la NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada la cual quedó debidamente precisada en el Resultando Primero del presente fallo.

  • 04 de Septiembre del 2020

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    I.- La parte actora acreditó su pretensión, en consecuencia; II.- Se declara la NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada la cual quedó debidamente precisada en el Resultando Primero del presente fallo.

  • 06 de Agosto del 2020

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    Se da cuenta con el oficio presentado el 06/03/2020, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. En relación con el proveído de ________________, tanto la parte actora como la autoridad demandada manifiestan su oposición a la publicación de sus datos personales, en consecuencia se tiene por formulada su oposición para que dichos datos personales sean publicados.

  • 06 de Agosto del 2020

    Actor: SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA DE COMIDA ITALIANA, S.A. DE C.V

    Demandado: Director Jurídico de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en México Zona Centro en Toluca de la S.T.P.S

    Se da cuenta con el oficio presentado el 06/03/2020, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes. En relación con el proveído de ________________, tanto la parte actora como la autoridad demandada manifiestan su oposición a la publicación de sus datos personales, en consecuencia se tiene por formulada su oposición para que dichos datos personales sean publicados.

antecedentes
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