Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Primera Sala Regional Del Noroeste I de Salas Regionales
Actor: Sp Servicom, Sociedad De Responsabilidad Limitada De Capital Variable
Demandado: Titular De La Subdelegación Del Instituto Mexicano Del Seguro Social, Con Sede En Tijuana. B.c
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 3385/19-01-01-5 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Sp Servicom, Sociedad De Responsabilidad Limitada De Capital Variable en contra de Titular De La Subdelegación Del Instituto Mexicano Del Seguro Social, Con Sede En Tijuana. B.c en el Primera Sala Regional Del Noroeste I en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 25 de Octubre del 2019 y cuenta con 27 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
ténganse por revocada la autorización de la C..., para oír y recibir notificaciones e imponerse de autos en el presente juicio; por otra parte, téngase por autorizado al C..., únicamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de autos, quien no gozará de las demás facultades a que refiere el numeral 5°, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por así solicitarlo la promovente. De igual manera, se tiene como nueva dirección de correo electrónico para recibir avisos de notificación en el presente juicio la siguiente..., Finalmente, téngase por revocada la dirección de correo electrónico siguiente...- Ahora bien, por lo que respecta a las direcciones de correo electrónico siguientes..., dígasele a la parte actora que, de un análisis realizado a los autos que integran el expediente en que se actúa, no se advierte que las referidas direcciones de correo electrónico hayan sido señaladas para el efectos de recibir avisos de notificaciones en el presente asunto, motivo por el cual no ha lugar de acordar de conformidad a lo solicitado.-
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
ténganse por autorizados a los CC..., únicamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de autos, quienes no gozarán de las demás facultades a que refiere el numeral 5°, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por no contar con sus cédulas profesionales debidamente registradas en el registro de litigantes con que cuenta este Tribunal. En cuanto a las CC..., dígasele a la parte actora que mediante diverso acuerdo de fecha 17 de octubre de 2019, se tuvieron por autorizadas a la C..., en términos amplios del numeral antes invocado, y a la C..., únicamente para oír y recibir notificaciones, por lo que, deberá estarse a lo acordado en dicho proveído.- Ahora bien, por lo que atañe a la solicitud de revocación del C..., como autorizado dentro del presente juicio; dígasele a la moral promovente que, de un análisis efectuado a los autos que integran el expediente en que se actúa, no se observa que el C..., haya sido autorizado en términos del ordinal 5° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, motivo por el cual no ha lugar acordar de conformidad con lo solicitado.- Finalmente, ténganse por revocada la autorización del C..., para oír y recibir notificaciones e imponerse de autos en el presente juicio.-
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
hágase del conocimiento de las partes que la sentencia en cuestión quedó firme el día 26 de enero de 2021, al no existir juicio de amparo o recurso de revisión en su contra.- Finalmente, procédase a archivar en definitiva el presente asunto como totalmente concluido.-
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
ténganse por revocada la autorización de la C..., para oír y recibir notificaciones e imponerse de autos en el presente juicio; por otra parte, téngase por autorizado al C..., únicamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de autos, quien no gozará de las demás facultades a que refiere el numeral 5°, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por así solicitarlo la promovente. De igual manera, se tiene como nueva dirección de correo electrónico para recibir avisos de notificación en el presente juicio la siguiente..., Finalmente, téngase por revocada la dirección de correo electrónico siguiente...- Ahora bien, por lo que respecta a las direcciones de correo electrónico siguientes..., dígasele a la parte actora que, de un análisis realizado a los autos que integran el expediente en que se actúa, no se advierte que las referidas direcciones de correo electrónico hayan sido señaladas para el efectos de recibir avisos de notificaciones en el presente asunto, motivo por el cual no ha lugar de acordar de conformidad a lo solicitado.-
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
ténganse por autorizados a los CC..., únicamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de autos, quienes no gozarán de las demás facultades a que refiere el numeral 5°, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por no contar con sus cédulas profesionales debidamente registradas en el registro de litigantes con que cuenta este Tribunal. En cuanto a las CC..., dígasele a la parte actora que mediante diverso acuerdo de fecha 17 de octubre de 2019, se tuvieron por autorizadas a la C..., en términos amplios del numeral antes invocado, y a la C..., únicamente para oír y recibir notificaciones, por lo que, deberá estarse a lo acordado en dicho proveído.- Ahora bien, por lo que atañe a la solicitud de revocación del C..., como autorizado dentro del presente juicio; dígasele a la moral promovente que, de un análisis efectuado a los autos que integran el expediente en que se actúa, no se observa que el C..., haya sido autorizado en términos del ordinal 5° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, motivo por el cual no ha lugar acordar de conformidad con lo solicitado.- Finalmente, ténganse por revocada la autorización del C..., para oír y recibir notificaciones e imponerse de autos en el presente juicio.-
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
hágase del conocimiento de las partes que la sentencia en cuestión quedó firme el día 26 de enero de 2021, al no existir juicio de amparo o recurso de revisión en su contra.- Finalmente, procédase a archivar en definitiva el presente asunto como totalmente concluido.-
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
I.- La parte actora probó su pretensión en este juicio, en consecuencia; II.- Se declara la nulidad lisa y llana de los créditos fiscales números ..........................., correspondientes a los periodos de cotización .................., respectivamente, por los motivos y fundamentos expuestos en el Considerando Cuarto de este fallo. III.- Se declara la nulidad lisa y llana de las cédulas de liquidación identificadas con los créditos fiscales números..............., correspondientes a los periodos de cotización.............., respectivamente, por los motivos y fundamentos expuestos en los Considerandos Quinto y Sexto de este fallo. IV.- NOTIFÍQUESE.
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
I.- La parte actora probó su pretensión en este juicio, en consecuencia; II.- Se declara la nulidad lisa y llana de los créditos fiscales números ..........................., correspondientes a los periodos de cotización .................., respectivamente, por los motivos y fundamentos expuestos en el Considerando Cuarto de este fallo. III.- Se declara la nulidad lisa y llana de las cédulas de liquidación identificadas con los créditos fiscales números..............., correspondientes a los periodos de cotización.............., respectivamente, por los motivos y fundamentos expuestos en los Considerandos Quinto y Sexto de este fallo. IV.- NOTIFÍQUESE.
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
Se declara cerrada la instrucción en el presente juicio y se da cuenta a la Sala para que proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda.
Actor: SP SERVICOM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: Titular de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en Tijuana. B.C
Se declara cerrada la instrucción en el presente juicio y se da cuenta a la Sala para que proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información