Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Sala Regional Del Pacífico de Salas Regionales
Actor: Transconsult, S.a. De C.v. (antes Transconsult, Consultoría En Transito Y Transporte, S.c.)
Demandado: Director General De Adquisiciones Y Servicios Generales De La Secretaría De Finanzas Y Administración Del Gobierno Del Estado De Guerrero
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 541/24-14-01-8 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Transconsult, S.a. De C.v. (Antes Transconsult, Consultoría En Transito Y Transporte, S.c.) en contra de Director General De Adquisiciones Y Servicios Generales De La Secretaría De Finanzas Y Administración Del Gobierno Del Estado De Guerrero en el Sala Regional Del Pacífico en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 13 de Septiembre del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Actor: TRANSCONSULT, S.A. DE C.V. (ANTES TRANSCONSULT, CONSULTORÍA EN TRANSITO Y TRANSPORTE, S.C.)
Demandado: Director General de Adquisiciones y Servicios Generales de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Guerrero
se señalan diversos autorizados
Actor: TRANSCONSULT, S.A. DE C.V. (ANTES TRANSCONSULT, CONSULTORÍA EN TRANSITO Y TRANSPORTE, S.C.)
Demandado: Director General de Adquisiciones y Servicios Generales de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Guerrero
SE DESECHA POR NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE LA DEMANDA DE NULIDAD, ya que si bien es cierto este Tribunal es competente para conocer de juicios en contra resoluciones definitivas relacionadas con la interpretación y cumplimiento de contratos públicos, lo cierto es, que en el asunto que nos ocupa, específicamente el contrato, de fecha 20 de junio del 2012, en la cláusula vigésima primera, las partes de obligaron a sujetarse estrictamente para la ejecución y competencia para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento de dicho contrato de compraventa, a la jurisdicción de los juzgados y tribunales competentes del Distrito Judicial de los Bravo, en Chilpancingo, Guerrero, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio o futuro.- Por lo anteriormente argumentado, se reitera que los actos y prestaciones que se pretenden impugnar, no se ubican dentro de las hipótesis de procedencia que deba conocer este Órgano Jurisdiccional, en términos de los artículos 3 y 4 de la citada Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, al resultar evidente que carece de competencia material para la tramitación, puesto que las partes voluntaria y expresamente se sometieron al ámbito de la leyes del fuero común, así como a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales competentes del distrito judicial de los bravo, en Chilpancingo del Estado de Guerrero.
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