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Transportes Aeromar S.a. De C.v | Administradora De Lo Exp: 1792/24-17-03-2

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Transportes Aeromar, S.a. De C.v
Demandado: Administradora De Lo Contencioso De Hidrocarburos 3 De La Administración General De Hidrocarburos Del Servicio De Administración Tributaria
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 1792/24-17-03-2 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Transportes Aeromar, S.a. De C.v en contra de Administradora De Lo Contencioso De Hidrocarburos 3 De La Administración General De Hidrocarburos Del Servicio De Administración Tributaria en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 13 de Febrero del 2024 y cuenta con 14 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1792/24-17-03-2

  • 30 de Mayo del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Vistos los autos del juicio contencioso administrativo en que se actúa, se advierte que quedo cerrada la instrucción en el presente juicio el día 07 de mayo de 2024, sin necesidad de declaratoria expresa, y tomando en consideración que mediante oficio número SGA-ATR-53/24 ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal el 05 de marzo de 2024, el Secretario Adjunto de Acuerdos de la Segunda Sección de la Sala Superior de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, comunicó que la Sala Superior ha tenido a bien ejercer la facultad de atracción del juicio, por tratarse de un asunto con características especiales, en virtud de que la cuantía total del asunto asciende a la cantidad de $1,344´932,051.00.- En tal circunstancia, toda vez que el expediente se encuentra debidamente integrado y cerrada la instrucción, mediante atento oficio que para el efecto se gire al Secretario Adjunto de Acuerdos de la Segunda Sección de la Sala Superior de este Tribunal, remítase los autos originales del juicio contencioso administrativo número 1792/24-17-03-2, así como 4 discos compactos que fueron exhibidos por la autoridad demandada dentro del expediente administrativo que exhibió en el oficio de contestación de demanda, la cual obra agregada al expediente en que se actúa, a fin de que sean turnados al Magistrado Ponente que corresponda conocer del asunto

  • 30 de Mayo del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Vistos los autos del juicio contencioso administrativo en que se actúa, se advierte que quedo cerrada la instrucción en el presente juicio el día 07 de mayo de 2024, sin necesidad de declaratoria expresa, y tomando en consideración que mediante oficio número SGA-ATR-53/24 ingresado en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal el 05 de marzo de 2024, el Secretario Adjunto de Acuerdos de la Segunda Sección de la Sala Superior de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, comunicó que la Sala Superior ha tenido a bien ejercer la facultad de atracción del juicio, por tratarse de un asunto con características especiales, en virtud de que la cuantía total del asunto asciende a la cantidad de $1,344´932,051.00.- En tal circunstancia, toda vez que el expediente se encuentra debidamente integrado y cerrada la instrucción, mediante atento oficio que para el efecto se gire al Secretario Adjunto de Acuerdos de la Segunda Sección de la Sala Superior de este Tribunal, remítase los autos originales del juicio contencioso administrativo número 1792/24-17-03-2, así como 4 discos compactos que fueron exhibidos por la autoridad demandada dentro del expediente administrativo que exhibió en el oficio de contestación de demanda, la cual obra agregada al expediente en que se actúa, a fin de que sean turnados al Magistrado Ponente que corresponda conocer del asunto

  • 30 de Mayo del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Se da cuenta con el oficio y el escrito ingresados en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal los días 29 de abril y 03 de mayo de 2023, a través de los cuales el C. Diego Antonio Armida Verea, en su carácter de autorizado legal de la actora y la Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración Central de lo Contencioso de Hidrocarburos, adscrita a la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria, en representación de la autoridad demandada, formulan alegatos por escrito en el juicio contencioso administrativo citado al rubro.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ténganse por recibidos el escrito y el oficio de cuenta, el cual se manda agregar a los autos del juicio contencioso administrativo citado al rubro, para ser tomado en cuenta en el momento procesal oportuno.

  • 30 de Mayo del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Se da cuenta con el oficio y el escrito ingresados en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal los días 29 de abril y 03 de mayo de 2023, a través de los cuales el C. Diego Antonio Armida Verea, en su carácter de autorizado legal de la actora y la Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración Central de lo Contencioso de Hidrocarburos, adscrita a la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria, en representación de la autoridad demandada, formulan alegatos por escrito en el juicio contencioso administrativo citado al rubro.- Con fundamento en el artículo 36, fracción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ténganse por recibidos el escrito y el oficio de cuenta, el cual se manda agregar a los autos del juicio contencioso administrativo citado al rubro, para ser tomado en cuenta en el momento procesal oportuno.

  • 17 de Abril del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Se da cuenta con el oficio presentado el 03/04/2024, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes.

  • 17 de Abril del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Se da cuenta con el oficio presentado el 03/04/2024, por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas; por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado, por señalada la dirección de correo electrónico referido y por designados a sus delegados. Se ordena dar vista a la parte actora para los efectos legales correspondientes.

  • 17 de Abril del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas el 01 de abril de 2024, a través del cual la Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración Central de lo Contencioso de Hidrocarburos adscrita a la Administración General de Hidrocarburos, en representación de la autoridad demandada, señala como domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en: Avenida Hidalgo, No. 77, Modulo lll, Planta Baja, Col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06300, Ciudad de México, asimismo, señala correo electrónico para oír y recibir todo tipo de notificaciones y señala delegados.- Téngase por recibido el escrito de cuenta y con fundamento en el artículo 14, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por señalado el domicilio de la autoridad demandada, el correo electrónico señalado en el escrito de cuenta y como delegados a las personas mencionadas en el escrito de cuenta, únicamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos

  • 17 de Abril del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas el 01 de abril de 2024, a través del cual la Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración Central de lo Contencioso de Hidrocarburos adscrita a la Administración General de Hidrocarburos, en representación de la autoridad demandada, señala como domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en: Avenida Hidalgo, No. 77, Modulo lll, Planta Baja, Col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06300, Ciudad de México, asimismo, señala correo electrónico para oír y recibir todo tipo de notificaciones y señala delegados.- Téngase por recibido el escrito de cuenta y con fundamento en el artículo 14, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por señalado el domicilio de la autoridad demandada, el correo electrónico señalado en el escrito de cuenta y como delegados a las personas mencionadas en el escrito de cuenta, únicamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos

  • 13 de Febrero del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Visto los autos del juicio en que se actúa, y habida cuenta que se surte la competencia de la Sala Superior de órgano de impartición de justicia, por atento oficio que se le gire al C. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL, propóngasele el ejercicio de la facultad de atracción de que está investida la Sala Superior, para que de aceptarse ésta, una vez cerrada la instrucción, se remitirán los autos a la Secretaría General de Acuerdos, a fin de que se emita el proyecto se sentencia y remítasele copia simple del escrito de demanda y anexos suficientes para sustentar la propuesta de mérito

  • 13 de Febrero del 2024

    Actor: TRANSPORTES AEROMAR, S.A. DE C.V

    Demandado: Administradora de lo Contencioso de Hidrocarburos 3 de la Administración General de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria

    Se da cuenta con la promoción presentada el 24/01/2024. SE ADMITE la demanda. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. SE REQUIERE a la autoridad para que a más tardar al momento de contestar la demanda, remita el expediente administrativo ofrecido como prueba apercibida en los términos de ley. Emplácese a la autoridad demandada para que produzca su contestación. Se tiene por domicilio y correo electrónico los señalados, y por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que menciona para tal efecto, pero sólo aquellas que acrediten el legal ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho tendrán las facultades que enlista el último párrafo del artículo 5º de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se previene a las partes para que ejerzan su derecho a oponerse a la publicación de sus datos personales, de lo contrario se estará a lo dispuesto en la Ley aplicable.

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