Características del servicio

Transportes Albser S.a. De C.v | Centro Sict Querétaro De La Exp: 2041/24-05-02-6

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Segunda Sala Regional Del Norte-Centro II de Salas Regionales
Actor: Transportes Albser, S.a. De C.v
Demandado: Centro Sict Querétaro De La Secretaría De Infraestructura, Comunicaciones Y Transporte, Por Medio De Su Unidad Jurídica
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 2041/24-05-02-6 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Transportes Albser, S.a. De C.v en contra de Centro Sict Querétaro De La Secretaría De Infraestructura, Comunicaciones Y Transporte, Por Medio De Su Unidad Jurídica en el Segunda Sala Regional Del Norte-Centro II en Salas Regionales, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 06 de Septiembre del 2024 y cuenta con 4 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 2041/24-05-02-6

  • 06 de Septiembre del 2024

    Actor: TRANSPORTES ALBSER, S.A. DE C.V

    Demandado: Centro SICT Querétaro de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte, por medio de su Unidad Jurídica

    SE CONCEDE A LA PARTE ACTORA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado en que guarda y a fin de impedir que el litigio quede sin materia, ya que acredita haber garantizado el interés fiscal de la citada resolución ante la autoridad demandada, tal como se advierte de la boleta de infracción impugnada en la que se asentó que fue tomado en garantía el vehículo; en consecuencia, córrase traslado a la autoridad demandada para que en el plazo de CUARENTA Y OCHO HORAS, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de este acuerdo, rinda el informe correspondiente a la suspensión definitiva de la ejecución del acto combatido solicitada por el actuante. Vencido dicho término, con informe o sin él, el Magistrado Instructor dictara la sentencia interlocutoria correspondiente.

  • 06 de Septiembre del 2024

    Actor: TRANSPORTES ALBSER, S.A. DE C.V

    Demandado: Centro SICT Querétaro de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte, por medio de su Unidad Jurídica

    SE CONCEDE A LA PARTE ACTORA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado en que guarda y a fin de impedir que el litigio quede sin materia, ya que acredita haber garantizado el interés fiscal de la citada resolución ante la autoridad demandada, tal como se advierte de la boleta de infracción impugnada en la que se asentó que fue tomado en garantía el vehículo; en consecuencia, córrase traslado a la autoridad demandada para que en el plazo de CUARENTA Y OCHO HORAS, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de este acuerdo, rinda el informe correspondiente a la suspensión definitiva de la ejecución del acto combatido solicitada por el actuante. Vencido dicho término, con informe o sin él, el Magistrado Instructor dictara la sentencia interlocutoria correspondiente.

  • 06 de Septiembre del 2024

    Actor: TRANSPORTES ALBSER, S.A. DE C.V

    Demandado: Centro SICT Querétaro de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte, por medio de su Unidad Jurídica

    Por recibido el día veintisiete de agosto del año en curso, el escrito y anexo, mediante el cual la parte actora demanda la nulidad de la resolución contenida en la Boleta de Infracción de fecha veinticinco de julio de dos mil veinticuatro. SE ADMITE LA DEMANDA EN LA VÍA SUMARIA. Con copia de la demanda y anexo, córrase traslado a la autoridad por medio de su Unidad Jurídica y emplácesele para que la conteste dentro del término de Ley. Asimismo, se tienen por ofrecidas y admitidas las pruebas mencionadas en el escrito de cuenta. Respecto de la Solicitud de Suspensión de la Ejecución del acto impugnado, provéase lo conducente por separado. Téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ***como direcciones de correos electrónicos para efecto de recibir los avisos electrónicos de ley los identificados como ***y por autorizando para todos los efectos previstos en el último párrafo, del artículo 5o, de la Ley a los Licenciados ***y en cuanto a los ciudadanos, ***únicamente se les autoriza para oír notificaciones e imponerse de autos. Por otra parte, se fija como fecha de cierre de instrucción el veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Por último, se comunica a las partes que cuentan con tres días hábiles, para oponerse por escrito en relación con terceros a la publicación de los datos personales.

  • 06 de Septiembre del 2024

    Actor: TRANSPORTES ALBSER, S.A. DE C.V

    Demandado: Centro SICT Querétaro de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte, por medio de su Unidad Jurídica

    Por recibido el día veintisiete de agosto del año en curso, el escrito y anexo, mediante el cual la parte actora demanda la nulidad de la resolución contenida en la Boleta de Infracción de fecha veinticinco de julio de dos mil veinticuatro. SE ADMITE LA DEMANDA EN LA VÍA SUMARIA. Con copia de la demanda y anexo, córrase traslado a la autoridad por medio de su Unidad Jurídica y emplácesele para que la conteste dentro del término de Ley. Asimismo, se tienen por ofrecidas y admitidas las pruebas mencionadas en el escrito de cuenta. Respecto de la Solicitud de Suspensión de la Ejecución del acto impugnado, provéase lo conducente por separado. Téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ***como direcciones de correos electrónicos para efecto de recibir los avisos electrónicos de ley los identificados como ***y por autorizando para todos los efectos previstos en el último párrafo, del artículo 5o, de la Ley a los Licenciados ***y en cuanto a los ciudadanos, ***únicamente se les autoriza para oír notificaciones e imponerse de autos. Por otra parte, se fija como fecha de cierre de instrucción el veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Por último, se comunica a las partes que cuentan con tres días hábiles, para oponerse por escrito en relación con terceros a la publicación de los datos personales.

antecedentes
“Hoy en día es difícil confiar en cada persona que uno conoce. Gracias a PoderJudicialVirtual.com estoy enterada de todo lo que debo saber de las personas importantes en mi vida.” Karla Estrada Estudiante de Maestría
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4