Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Venta De Boletos Por Computadora, S.a. De C.v
Demandado: Jefa De Departamento De Servicios, Educación Y Telecomunicaciones De La Oficina De Defensa Del Consumidor Zona General Luis Moya De La Procuraduría Federal Del Consumidor
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 2396/24-17-03-7 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Venta De Boletos Por Computadora, S.a. De C.v en contra de Jefa De Departamento De Servicios, Educación Y Telecomunicaciones De La Oficina De Defensa Del Consumidor Zona General Luis Moya De La Procuraduría Federal Del Consumidor en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 29 de Febrero del 2024 y cuenta con 22 Notificaciones.
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Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Ahora bien, infórmese que la autoridad demandada por oficio PFC/DGODC/GLM/000745-2024 de 30 de octubre de 2024 informo la nulidad de la resolución de 25 de septiembre de 2023 mediante la cual se le impusieron tres multas mismas que suman la cantidad de $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100MN), mismo que ordeno notificar a la parte actora en los Estrados de la OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GRAL. LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, toda vez que el domicilio de la actora se encuentra fuera de la circunscripción de esa oficina .- En tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 31 de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, esta Sala Juzgadora tiene por CUMPLIDA la sentencia definitiva de mérito.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Ahora bien, infórmese que la autoridad demandada por oficio PFC/DGODC/GLM/000745-2024 de 30 de octubre de 2024 informo la nulidad de la resolución de 25 de septiembre de 2023 mediante la cual se le impusieron tres multas mismas que suman la cantidad de $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100MN), mismo que ordeno notificar a la parte actora en los Estrados de la OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GRAL. LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, toda vez que el domicilio de la actora se encuentra fuera de la circunscripción de esa oficina .- En tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 31 de la Ley Orgánica de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, esta Sala Juzgadora tiene por CUMPLIDA la sentencia definitiva de mérito.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
AUTORIDAD INFORMA GESTIONES DE CUMPLIMIENTO.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
AUTORIDAD INFORMA GESTIONES DE CUMPLIMIENTO.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
I.- La parte actora probó su pretensión, en consecuencia;II.- Se declara la NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada, precisada en el resultando primero del presente fallo.N O T I F I Q U E S E.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
I.- La parte actora probó su pretensión, en consecuencia;II.- Se declara la NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada, precisada en el resultando primero del presente fallo.N O T I F I Q U E S E.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
se tiene por precluido el derecho de las partes para formular alegatos
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
se tiene por precluido el derecho de las partes para formular alegatos
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Se da cuenta con el oficio presentado el 06/05/2024. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Se ordena dar visita a la parte actora para los efectos legales conducentes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS, de no darse cuestión que previamente tenga que desahogarse. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: JEFA DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS, EDUCACIÓN Y TELECOMUNICACIONES DE LA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ZONA GENERAL LUIS MOYA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Se da cuenta con el oficio presentado el 06/05/2024. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Se ordena dar visita a la parte actora para los efectos legales conducentes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS, de no darse cuestión que previamente tenga que desahogarse. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
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