Tribunal Federal De Justicia Administrativa
> Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Venta De Boletos Por Computadora, S.a. De C.v
Demandado: Jefe De Departamento De Servicios, Educación Y Telecomunicaciones De La Oficina De Defensa Del Consumidor Zona Unidad De Servicio La Villa De La Procuraduría Federal Del Consumidor
Materia: Administrativa o Fiscal
RESUMEN: El Expediente 27098/23-17-03-2 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Venta De Boletos Por Computadora, S.a. De C.v en contra de Jefe De Departamento De Servicios, Educación Y Telecomunicaciones De La Oficina De Defensa Del Consumidor Zona Unidad De Servicio La Villa De La Procuraduría Federal Del Consumidor en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 04 de Enero del 2024 y cuenta con 20 Notificaciones.
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Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educaci�n y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuradur�a Federal del Consumidor
I.- Resultaron infundadas las causales de sobreseimiento planteadas por la autoridad al momento de contestar la demanda de nulidad, en consecuencia;II.- No es de sobreseerse, ni se sobresee en el presente juicio contencioso administrativo federal.III.- La parte actora acredit� los extremos de su acci�n, en consecuencia;IV.- Se declara la nulidad lisa y llana de la resoluci�n impugnada, la cual qued� debidamente precisada en el resultando primero del presente fallo.V.- NOTIF�QUESE.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educaci�n y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuradur�a Federal del Consumidor
P�REZI.- Resultaron infundadas las causales de sobreseimiento planteadas por la P�REZautoridad al momento de contestar la demanda de nulidad, en consecuencia;II.- No es de sobreseerse, ni se sobresee en el presente juicio contencioso administrativo federal.III.- La parte actora acredit� los extremos de su acci�n, en consecuencia;IV.- Se declara la nulidad lisa y llana de la resoluci�n impugnada, la cual qued� debidamente precisada en el resultando primero del presente fallo.V.- NOTIF�QUESE.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educación y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con el oficio presentado el 04/03/2024. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Se ordena dar visita a la parte actora para los efectos legales conducentes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS, de no darse cuestión que previamente tenga que desahogarse. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educación y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con el oficio presentado el 04/03/2024. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas, por autorizados a los delegados señalados. Se ordena dar visita a la parte actora para los efectos legales conducentes. Toda vez que han quedado desahogadas todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, se concede término para formular sus ALEGATOS, de no darse cuestión que previamente tenga que desahogarse. Transcurrido el término de ley quedará cerrada la instrucción del juicio, debiendo darse cuenta con el mismo a la Sala para que se dicte la Sentencia correspondiente.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educación y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con la promoción presentada el 13/02/2024, por el que la parte actora formula su ampliación de demanda. SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACION DE DEMANDA. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva, se le apercibe, en caso de no hacerlo en tiempo y forma, se estará a lo dispuesto en la Ley.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educación y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con la promoción presentada el 13/02/2024, por el que la parte actora formula su ampliación de demanda. SE TIENE POR FORMULADA LA AMPLIACION DE DEMANDA. Se ordena dar vista a la autoridad demandada para que en el término de ley produzca su contestación respectiva, se le apercibe, en caso de no hacerlo en tiempo y forma, se estará a lo dispuesto en la Ley.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educación y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con el oficio presentado el 18/01/2024 por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se ordena dar vista a la parte actora para que formule su ampliación a la demanda en el término de Ley. Se tienen por señalados como delegados a las personas designadas para tal efecto. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el señalado, y como dirección de correo electrónico el referido.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educación y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas el día 17 de enero de 2024, a través del cual el C. **, en representación legal de **, designa como autorizado al C. **- Visto lo anterior, se tiene por autorizado a la persona mencionada en el escrito de cuenta, únicamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos, lo cual se encuentra supeditado a que acrediten su capacidad legal, atento a lo ordenado por el artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educación y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con el oficio presentado el 18/01/2024 por la autoridad demandada. Visto y analizado su contenido SE TIENE POR CONTESTADA LA DEMANDA. Se tienen por admitidas las pruebas ofrecidas. Se ordena dar vista a la parte actora para que formule su ampliación a la demanda en el término de Ley. Se tienen por señalados como delegados a las personas designadas para tal efecto. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el señalado, y como dirección de correo electrónico el referido.
Actor: VENTA DE BOLETOS POR COMPUTADORA, S.A. DE C.V
Demandado: Jefe de Departamento de Servicios, Educación y Telecomunicaciones de la Oficina de Defensa del Consumidor Zona Unidad de Servicio La Villa de la Procuraduría Federal del Consumidor
Se da cuenta con el escrito presentado en la Oficialía de Partes Común para las Salas Regionales Metropolitanas el día 17 de enero de 2024, a través del cual el C. **, en representación legal de **, designa como autorizado al C. **- Visto lo anterior, se tiene por autorizado a la persona mencionada en el escrito de cuenta, únicamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos, lo cual se encuentra supeditado a que acrediten su capacidad legal, atento a lo ordenado por el artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
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