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Zeferino Lorenzo De Jesus | Jefa Servicios Asignación Derechos Exp: 2802/24-17-03-7

Tribunal Federal De Justicia Administrativa > Tercera Sala Regional Metropolitana de Salas Metropolitanas
Actor: Zeferino Lorenzo De Jesus
Demandado: Jefa De Servicios De Asignación De Derechos De La Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa o Fiscal

RESUMEN: El Expediente 2802/24-17-03-7 en Materia Administrativa o Fiscal fue promovido por Zeferino Lorenzo De Jesus en contra de Jefa De Servicios De Asignación De Derechos De La Dirección De Prestaciones Económicas, Sociales Y Culturales Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en el Tercera Sala Regional Metropolitana en Salas Metropolitanas, Tribunal Federal De Justicia Administrativa. El Proceso inició el 29 de Febrero del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 2802/24-17-03-7

  • 01 de Abril del 2024

    Actor: ZEFERINO LORENZO DE JESUS

    Demandado: JEFA DE SERVICIOS DE ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE LA DIRECCIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y CULTURALES DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

    SE TIENE POR NO CUMPLIDO EL REQUERIMIENTO FORMULADO, haciéndose efectivo el apercibimiento decretado en el auto de doce de febrero de dos mil veinticuatro; en consecuencia, SE TIENE POR NO PRESENTADA LA DEMANDA.

  • 29 de Febrero del 2024

    Actor: ZEFERINO LORENZO DE JESUS

    Demandado: JEFA DE SERVICIOS DE ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE LA DIRECCIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y CULTURALES DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

    TÉNGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DE CUENTA, y apareciendo que la demanda no reúne los requisitos previstos por los artículos 14 y 15 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, con fundamento en lo dispuesto en los diverso artículo 15, fracciones I, III, V, IX y penúltimo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, SE REQUIERE AL PROMOVENTE para que en el término de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente en que surta efectos la legal notificación del presente proveído, exhiba de manera legible y completa, en original o copia certificada: : a) El documento en que conste la resolución impugnada, con sus respectivas constancias de notificación; y b) Las pruebas ofrecidas en el apartado respectivo del escrito inicial de demanda, así como copias suficientes para correr traslado a las autoridades demandas, APERCIBIÉNDOSELE de que en caso de no dar cumplimiento a lo antes mencionado, en la forma y términos señalados, SE TENDRÁ POR NO PRESENTADA LA DEMANDA O POR NO OFRECIDAS DICHAS PROBANZAS, según sea el caso.

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