Características del servicio

Convenio De Reasignacion De Recursos Presupuestarios

 

CONVENIO DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS

 

CC. TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

P R E S E N T E S.

 

En cumplimiento a lo previsto por el artículo 12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, que establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con cargo a sus presupuestos y por medio de convenios, podrán reasignar recursos presupuestarios a las entidades federativas con el propósito de transferir a éstas responsabilidades y, en su caso, recursos humanos y materiales, correspondientes a programas federales, con base en el convenio modelo que emitirán las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, a más tardar el último día hábil de febrero del ejercicio fiscal en curso, y con fundamento en los artículos 31 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, hemos tenido a bien emitir el siguiente:

“MODELO DE CONVENIO DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS Y, EN SU CASO, HUMANOS Y MATERIALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2003.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE _____ SECRETARÍA / ENTIDAD A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARÁ “_____________”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. __________________ (CON LA PARTICIPACIÓN DE LA DEPENDENCIA COORDINADORA DE SECTOR__________________, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “____________”, REPRESENTADA POR SU TITULAR _____________), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE _________ [EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL] AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR EL ________________, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL [JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL], Y ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO (O SU EQUIVALENTE), EL SECRETARIO DE FINANZAS (O SU EQUIVALENTE), (EL SECRETARIO DEL RAMO O EL TITULAR DE LA INSTANCIA EJECUTORA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA)_____________________________, Y EL SECRETARIO DE CONTRALORÍA (O SU EQUIVALENTE), CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

 

DECLARACIONES

 

[OPCIONAL CUANDO PARTICIPE UNA ENTIDAD PARAESTATAL EN CUYO CASO LA DEPENDENCIA A QUE SE REFIERE LA DECLARACIÓN ANTERIOR ACTUARÁ EN SU CARÁCTER DE COORDINADORA SECTORIAL:

Declara _______ (entidad):

[PARA EL CASO DEL DISTRITO FEDERAL:

1. Que en términos de los artículos 40, 43, 44 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, que forma parte integrante de la Federación según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26, y _______de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; ___ de la Ley de ________________ (Ley Federal según la materia); 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003; así como en los artículos _______________ de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de ____________ [Estatuto Orgánico del Distrito Federal] y los artículos _________________ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del _______, y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

 

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio, y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto reasignar recursos federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar la participación del Ejecutivo Federal y de la ENTIDAD FEDERATIVA en materia de ___________________, transferir a ésta responsabilidades (y, en su caso, recursos humanos y materiales); [determinar la aportación de la ENTIDAD FEDERATIVA para el ejercicio fiscal 2003]; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal [y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA] a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al (los) programa (s) y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

PROGRAMA (S) IMPORTE

El (los) programa (s) a que se refiere el párrafo anterior se prevé (n) en forma detallada en el Anexo 1, el cual forma parte integrante del presente instrumento.

Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo previsto en este Convenio, así como a los anexos que forman parte integrante del mismo [y, en su caso, a lo dispuesto en las Reglas de Operación y/o disposiciones específicas del (los) programa (s).

SEGUNDA.- REASIGNACIÓN [Y APORTACIÓN (ES)].- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos federales hasta por la cantidad de $_________ (___________________ pesos __/100 M.N.) con cargo al presupuesto de _______ (dependencia / entidad), de acuerdo con el calendario que se precisa en el Anexo ______ de este Convenio. Dichos recursos se radicarán a la cuenta bancaria específica que se establezca por la ENTIDAD FEDERATIVA, previamente a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que esta última determine, informando de ello a la dependencia/entidad.

Los recursos federales que se reasignen en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal.

[OPCIONAL PARA EL CASO DE QUE LA ENTIDAD FEDERATIVA APORTE RECURSOS:

Por su parte, a efecto de complementar los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines del presente Convenio, la ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a destinar de sus recursos presupuestarios la cantidad de $_______ (__________________pesos __/100 M.N.), conforme al calendario que se incluye como Anexo ___ del presente instrumento, los cuales deberán destinarse al (los) programa (s) previsto (s) en la cláusula primera del mismo.

En caso de que se registren aportaciones adicionales a las de la ENTIDAD FEDERATIVA provenientes de los municipios y/o de los sectores privado o social, se deberán señalar los montos y la ENTIDAD FEDERATIVA deberá presentarlos de forma desglosada, como anexo (s) del presente Convenio].

Con el objeto de que la distribución de los recursos reasignados a la ENTIDAD FEDERATIVA sea transparente, y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, se deberán observar los criterios que aseguren transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos por entidad federativa, y que a continuación se exponen:

PARÁMETROS: ___________________________________________________________

TERCERA.- METAS E INDICADORES.- Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal [y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA,] a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio se aplicarán al (los) programa (s) a que se refiere la cláusula primera del mismo, el (los) cual (es) tendrán las metas e indicadores que a continuación se mencionan:

METAS INDICADORES

OPCIONAL: CUARTA.- REASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES.- A efecto de cumplir adecuadamente con los fines previstos en el presente Convenio, el Ejecutivo Federal transfiere recursos humanos y materiales a la ENTIDAD FEDERATIVA, de conformidad con la legislación federal aplicable.

Las condiciones para la reasignación de los recursos a que se refiere esta cláusula serán las siguientes: ____________.]

QUINTA.- APLICACIÓN.- Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal [y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA,] a que alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a_______________________; observando lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.

Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a la naturaleza del gasto, sea de capital o corriente.

Los recursos que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados contablemente de acuerdo con las disposiciones legales aplicables y se rendirán en la Cuenta de la Hacienda Pública de la ENTIDAD FEDERATIVA, sin que por ello pierdan su carácter federal.

Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, deberán destinarse al (los) programa (s) previsto (s) en la cláusula primera del mismo.

SEXTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para los gastos administrativos que resulten de la ejecución del (los) programa (s) previsto (s) en la cláusula primera, se podrá destinar hasta un _____ por ciento del total de los recursos aportados por las partes.

SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- La ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a:

[OPCIONAL I. Aportar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, en los términos y plazos previstos en los anexos.]

II. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el (los) programa (s) establecido (s) en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores previstos en la cláusula tercera (y, en su caso, Reglas de Operación previstas en el Anexo__) de este instrumento.

[OPCIONAL: III.- Suscribir los acuerdos de coordinación o anexos de ejecución con el (los) municipio (s), de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Planeación.]

OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de ______ (dependencia / entidad), se obliga a:

NOVENA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.

DÉCIMA.- CONTROL, VIGILANCIA Y EVALUACIÓN.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio corresponderá a ______ (dependencia / entidad), a la SHCP, a la SECODAM y a la Auditoría Superior de la Federación conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables; sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la SECODAM, realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA.

Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.

DÉCIMA PRIMERA.- VERIFICACIÓN.- Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, la ______ (dependencia / entidad) y la ENTIDAD FEDERATIVA se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.

Las partes convienen en que la SECODAM podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento.

Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine el equivalente al dos al millar del monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo a favor de la Contraloría del Ejecutivo Estatal (o su equivalente) para que ésta realice los servicios de vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con dichos recursos, importe que será ejercido conforme a los lineamientos que emita la SECODAM. La ministración de dichos recursos se hará conforme al calendario programado para el ejercicio de los mismos. Esto significa que del total de los recursos en efectivo, se restará el dos al millar, y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en los anexos ____________ de este documento, o bien se tomen de los intereses financieros de la cuenta bancaria mencionada en la cláusula segunda. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.

[Para aquellos convenios en los que no existan obras públicas a ejecutarse, se podrá destinar a favor de la Contraloría del Ejecutivo Estatal (o su equivalente) un monto menor del dos al millar, previa opinión de la SECODAM.]

DÉCIMA SEGUNDA.- SUSPENSIÓN DE LA REASIGNACIÓN DE APOYOS.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la ______ (dependencia / entidad), previa opinión de la SHCP y/o recomendación de la SECODAM, podrá suspender la reasignación de recursos federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas, previa audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del artículo 44 de la Ley de Planeación.

DÉCIMA TERCERA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los saldos disponibles de los recursos federales en la cuenta bancaria específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre del 2003, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo de 15 días naturales.

DÉCIMA CUARTA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, con apego a las disposiciones legales aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

Los recursos federales reasignados a la ENTIDAD FEDERATIVA a que se refiere la cláusula segunda, no serán objeto de ajustes presupuestarios una vez suscrito el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.

DÉCIMA QUINTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en el mismo a las disposiciones aplicables del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003 y demás ordenamientos que resulten aplicables.

De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio conocerá la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

DÉCIMA SEXTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre del 2003 con excepción de lo previsto en la fracción XII de la cláusula séptima, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 12 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.

DÉCIMA SÉPTIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- Las partes acuerdan que podrá darse por terminado de manera anticipada el presente Convenio cuando se presente alguna de las siguientes causas:

DÉCIMA OCTAVA.- DIFUSIÓN.- El Ejecutivo Federal, a través de la ______ (dependencia / entidad) conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, y en los artículos 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, hará públicos el (los) programa (s) o proyectos financiados con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, incluyendo sus avances físicos-financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se compromete por su parte a difundir al interior dicha información.

DÉCIMA NOVENA.- DOMICILIOS.- Para todos los efectos derivados del presente Convenio, especialmente para avisos y notificaciones, la ______ (dependencia / entidad) y la ENTIDAD FEDERATIVA señalan como sus domicilios los siguientes:

LA DEPENDENCIA (por sí o en su carácter de coordinadora de sector)

___________________________________

LA ENTIDAD FEDERATIVA

 

___________________________________

LA ENTIDAD PARAESTATAL (en su caso)

 

___________________________________

Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los ______días del mes de ____ del año dos mil tres.

POR EL EJECUTIVO FEDERAL

EL SECRETARIO DE __________________

 

___________________________________

POR EL EJECUTIVO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DE _____________

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL [JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL]

 

___________________________________

(EN SU CASO) TITULAR DE LA ENTIDAD

 

___________________________________

EL SECRETARIO GENERAL

DE GOBIERNO (O SU EQUIVALENTE)

 

___________________________________

 

EL SECRETARIO DE FINANZAS

(O SU EQUIVALENTE)

 

___________________________________

 

 

EL SECRETARIO DEL RAMO O EL

TITULAR DE LA INSTANCIA

EJECUTORA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA

 

___________________________________

 

EL SECRETARIO DE LA

CONTRALORÍA ESTATAL (O SU EQUIVALENTE)

 

___________________________________”

 

Por último, es oportuno señalar que las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, a través de la Subsecretaría de Egresos, y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, incluirán en sus respectivas páginas electrónicas que tienen establecidas en el sistema “internet”, el modelo de convenio de reasignación a que se refiere el presente Oficio Circular.

 

Aprovechamos la oportunidad para reiterarles a ustedes las seguridades de nuestra consideración distinguida.

 

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

 

EL SUBSECRETARIO DE EGRESOS

EL SUBSECRETARIO DE CONTROL Y AUDITORÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA

 

 

CARLOS HURTADO LÓPEZ

ALEJANDRO TORRES PALMER

 

Ccp. LIC. JOSÉ FRANCISCO GIL DÍAZ, SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

C.P. FRANCISCO JAVIER BARRIO TERRAZAS, SECRETARIO DE CONTRALORÍA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO.

 

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