Número: j3/1/2008
Actor: Rafael Garcia Mendoza
Demandado: Autotransportes Iñigo, S.a. De C.v. Numero De Amparo: T.a.d.j.3/87/2021 Dt. 299/2021 Se Notifica A La Parte Demandada, Surtiendole Sus Efectos De Notificacion Personal, Toda Vez Que No Da Cumplimiento A Lo Dispuesto Por El Articulo 739 De La Ley Federal Del Trabajo, El Acuerdo De Fecha Siete De Abril Del Año Dos Mil Veintidos, En El Que Se Toma Conocimiento Que La Autoridad Federal Resuelve: “…unico. La Justicia De La Union Ampara Y Protege A Rafael Garcia Mendoza, Respecto Del Acto Que Reclamo De La Junta Especial Numero Tres De La Local De Conciliacion Y Arbitraje Del Valle De Toluca, Para Los Efectos Precisados En Dicha Ejecutoria, Por Lo Cual Se Requiere A Esta Especial, Para Que Dentro Del Termino De Diez Dias Habiles, Deje Insubsistente El Acuerdo De Fecha Veinticinco De Febrero Del Año Dos Mil Veintiuno, Y Reponga El Procedimiento Y Continue Con La Etapa De Ejecucion Del Laudo, En Los Terminos Que En Derecho Corresponda; Razon Por La Cual, Se Gira Atento Exhorto A La Similar De La Ciudad De Mexico, Para Que En Auxilio De Las Labores Http:/juntatoluca.edomex.gob.mx De Esta Junta, Tenga A Bien Realizar La Requerimiento De Pago Y/o | Autotransportes Iñigo, S.a. De C.v.
RESUMEN: RESUMEN: El Expediente j3/1/2008 en Materia Laboral fue promovido por Rafael Garcia Mendoza en contra de Autotransportes Iñigo, S.a. De C.v. Numero De Amparo: T.a.d.j.3/87/2021 Dt. 299/2021 Se Notifica A La Parte Demandada, Surtiendole Sus Efectos De Notificacion Personal, Toda Vez Que No Da Cumplimiento A Lo Dispuesto Por El Articulo 739 De La Ley Federal Del Trabajo, El Acuerdo De Fecha Siete De Abril Del Año Dos Mil Veintidos, En El Que Se Toma Conocimiento Que La Autoridad Federal Resuelve: “…Unico. La Justicia De La Union Ampara Y Protege A Rafael Garcia Mendoza, Respecto Del Acto Que Reclamo De La Junta Especial Numero Tres De La Local De Conciliacion Y Arbitraje Del Valle De Toluca, Para Los Efectos Precisados En Dicha Ejecutoria, Por Lo Cual Se Requiere A Esta Especial, Para Que Dentro Del Termino De Diez Dias Habiles, Deje Insubsistente El Acuerdo De Fecha Veinticinco De Febrero Del Año Dos Mil Veintiuno, Y Reponga El Procedimiento Y Continue Con La Etapa De Ejecucion Del Laudo, En Los Terminos Que En Derecho Corresponda; Razon Por La Cual, Se Gira Atento Exhorto A La Similar De La Ciudad De Mexico, Para Que En Auxilio De Las Labores Http:/Juntatoluca.edomex.gob.mx De Esta Junta, Tenga A Bien Realizar La Requerimiento De Pago Y/O en el Junta Especial Numero Tres en Toluca, Junta Local de Conciliación y Arbitraje EDOMEX. El Proceso inició en el año 2008 y cuenta con 10 Notificaciones.